Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 26 de Junio de 2000 - 151 DPR 532
Emisor | Tribunal Supremo |
Número del caso | TS-7583 |
DTS | 2000 DTS 097 |
TSPR | 2000 TSPR 097 |
DPR | 151 DPR 532 |
Fecha de Resolución | 26 de Junio de 2000 |
2000 TSPR 97
151 DPR 532
Número del Caso: TS-7583
Fecha: 26/junio/2000
Oficina del Procurador General: Lcda. Yvonne Casanova Pelosi, Procuradora General Auxiliar
Materia: Conducta Profesional
RESOLUCIÓN
San Juan, Puerto Rico, a 26 de junio de 2000
El 19 de octubre de 1993, la directora Administrativa de los Tribunales, Hon.
Mercedes M. de Bauermeister, sometió un informe de Investigación a la Comisión Disciplinaria y de Separación del Servicio por Razón de Salud de Jueces del Tribunal de Primera instancia y del Tribunal de Circuito de Apelaciones ("la Comisión") respecto a la conducta observada por el entonces Juez de Distrito, Lcdo. Gilberto Rodríguez Zayas, imputándosele a éste sendas violaciones a los Cánones I, X, y XVI de Ética Judicial, así como a otras disposiciones estatutarias y reglamentarias aplicables a las actuaciones de los Jueces de Puerto Rico. En el mencionado informe se describió la conducta del Juez querellado del siguiente modo:
"1. El Hon. Gilberto Rodríguez Zayas comenzó a desempeñarse como Juez Municipal para el año 1986. En la actualidad se desempeña como Juez de Distrito en el Tribunal de Ponce.
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El día 17 de marzo de 1993, alrededor de las 2:00 p.m., el Sr. Jorge Salvá Malaret acudió al Centro Judicial de Ponce, en compañía de su novia Angélica María Costa Madera y el Sr.
José René
Rivera Medina, con el propósito de solicitar información para contraer matrimonio.
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Estando en el primer piso del Tribunal lo enviaron al cuarto piso, específicamente a la oficina del Juez Rodríguez Zayas.
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Al entrar a la oficina del Juez Rodríguez, los jóvenes Salvá-Costas se percataron que había otra pareja que estaba siendo atendida por la secretaria del Juez, Sra. Neyda Rivera Febles. Ellos eran los jóvenes Maricelia Figueroa Bonilla y Gerardo Rodríguez Collazo.
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La Sra. Neyda Rivera Febles, informó a ambas parejas cuál era el procedimiento preliminar para poder contraer matrimonio. Les indicó que tenían que tener el certificado de matrimonio, la certificación médica, la licencia para contraer matrimonio y una cantidad de cincuenta ($50.00).
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Como ambas parejas tenían todos los documentos necesarios para contraer matrimonio y, en vista de que ninguno de ellos tenía los dos testigos que necesitaban, decidieron servirse de testigos unos a otros para poder celebrar el acto de matrimonio.
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Una vez acordado por los contrayentes, la secretaria del juez comenzó a llenarles el certificado de matrimonio con la información que los jóvenes le iban proveyendo.
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El juez no se encontraba en su oficina en ese momento y, no fue sino hasta alrededor de las tres de la tarde que llegó.
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Al llegar el juez, su secretaria entró a la oficina y, al salir, les dijo a los jóvenes que el juez los iba a casar y que podían entrar.
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Antes de que los jóvenes Salvá-Costa y Rodríguez-Figueroa entraran a la oficina del juez, la secretaria les dio a cada uno un sobre para que echaran los $50.00 por la celebración del acto del matrimonio.
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Estando los jóvenes dentro de la oficina del juez, éste le dijo al señor Rivera Medina, amigo del señor Salvá, que podía entrar también y participar de la ceremonia.
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El Juez Rodríguez Zayas realizó el acto del matrimonio, alrededor de las 3:00 p.m., declarando marido y mujer a ambas parejas.
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Ambas parejas procedieron a firmar el Certificado de Matrimonio y la certificación de la celebración del matrimonio.
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Una vez finalizado el acto, el señor Salvá le preguntó al juez, antes de salir, que a quién debía entregarle el sobre con dinero, el juez le pidió que se lo entregara a su secretaria.
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El señor Salvá le entregó el sobre a la secretaria el juez y, le solicitó a ésta que le diera un recibo que especificara la cantidad entregada, el concepto por el cual se entregaba el dinero, además de la fecha y la hora.
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La secretaria le manifestó al señor Salvá que esa decisión la tomaba el juez y que debía hablar con este último.
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El señor Salvá entró nuevamente a la oficina del juez con la intención de pedirle el recibo. El juez se negó a dárselo porque no era necesario.
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Ante la insistencia del señor Salvá, el juez Rodríguez Zayas accedió a darle el recibo.
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El señor Salvá le informó a la secretaria del juez que éste había accedido a darle el recibo.
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La Sra. Neyda Rivera entró a la oficina del juez y al salir preparó el recibo, sin especificar la hora. Finalmente, el juez lo firmó.
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El señor Salvá volvió a solicitar el recibo con las indicaciones antes señaladas pero la secretaria se negó a ello.
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El señor Salvá habló nuevamente con el juez pero éste se negó a preparar el recibo incluyendo la hora, según le era solicitado, alegando que no era necesario hacerlo de esa manera.
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Al ver que no puede hacer nada en relación con el recibo, el señor Salvá fue al primer piso del Centro Judicial de Ponce a solicitar ayuda para obtener el mismo, toda vez que él quería justificar su ausencia en su trabajo.
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La persona que lo atendió en el primer piso llamo a la oficina del juez y habló con la secretaria de éste. Le pidieron que subiera nuevamente a la oficina del juez.
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Al llegar a la oficina del juez Rodríguez, el señor Salvá pidió el recibo a la Sra. Neyda Rivera y ésta le informó que ya se lo habían entregado.
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El señor Salvá bajó nuevamente al primer piso y esta vez habló con "la Directora", quien llamó a la oficina del juez Rodríguez y le pidió que subiera nuevamente.
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El señor Salvá entró por tercera vez a la oficina del Juez Rodríguez a buscar el recibo. La secretaria del juez le pidió que esperara unos minutos en lo que el juez llegaba ya que había salido.
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Al llegar el juez, el señor Salvá le informó que le habían pedido que subiera a buscar el recibo. El juez le manifestó que él no tenía que darle ningún recibo y que ya le había dado el que le iba a dar.
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Se encontraban presentes: Angélica Costa Madera y José Rivera Medina.
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El Juez Rodríguez le pidió al señor Salvá que saliera de su oficina ya que, de lo contrario llamaría a un guardia. El Juez Rodríguez salió de su oficina sumamente alterado y botó al señor Salvá diciéndole: "no me molestes más, no me haga perder el tiempo, te me largas, te me vas, y él le abrió la puerta, y entonces le dijo a Jorge, "mira si tu no quieres que yo llame a un alguacil te me vas, te me largas, no me moleste más. Yo me quedé como que ... yo me salí de allí...".
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Eran alrededor de las cuatro a cuatro y treinta de la tarde.
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El señor Salvá llegó hasta el sexto piso a pedir ayuda. Allí habló con el Alguacil Efraín Torres Mercado, quien se encontraba en el monitor y le explicó su problema.
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El Alguacil Torres trató de ayudar al señor Salvá y le pidió que bajara nuevamente al cuarto piso ya que lo iban a atender.
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La Sra. Neyda Rivera llamó al Alguacil José Crespo Nazario, del cuarto piso, y le entregó a éste un sobre manila, pidiéndole, a su vez, que se lo entregara al señor Salva cuando éste regresara; no sin antes pedirle el original de un papel (recibo) que el señor Salvá tenía.
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Cuando el señor Salvá llegó al cuarto piso, el Alguacil Crespo le entregó un sobre manila con el timbrado del Tribunal; y le pidió a su vez, el recibo que el Juez Rodríguez Zayas le había entregado.
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Antes de entregarle el recibo al alguacil Crespo, el señor Salvá le sacó una copia al mismo.
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El Alguacil Crespo recuerda que el papel que le entregó el señor Salvá era uno "común y corriente de cartas" y que pudo ver que decía "Recibo" en letras grandes.
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Antes de que el Alguacil Crespo le entregara el sobre al señor Salvá, ambos fueron a la oficina del juez.
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El alguacil corroboró que el papel entregado por el señor Salvá fuera el correcto y la Sra.
Neyda Rivera contestó en la afirmativa. Le entregaron el recibo a la señora Rivera y el sobre manila al señor Salvá.
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Cuando el señor Salvá abrió el sobre se percató que le estaban...
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