Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 20 de Diciembre de 2000 - 152 DPR 858

EmisorTribunal Supremo
Número del casoAD-1999-01
DTS2000 DTS 190
TSPR2000 TSPR 190
DPR152 DPR 858
Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2000

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

2000 DTS 190 IN RE: MALDONADO TORRES 2000TSPR190

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: Hon. Juan Maldonado Torres,

Juez del Tribunal de Primera Instancia

2000 TSPR 190

152 DPR 858

Número del Caso: AD-1999-01

Fecha: 20/diciembre/2000

Oficina de Administración de los Tribunales: Lcdo.

Reinaldo González Colón, Oficina de Asuntos Legales

Abogada de la Parte Querellada: Lcda. Laura E. Nieves de Van Rhyn

Conducta Profesional

PER CURIAM

San Juan, Puerto Rico, a 20 de diciembre de 2000

El Lcdo. Juan Maldonado Torres fue nombrado Juez Superior el 28 de marzo de 1995. Para el 31 de agosto de 1998, ejercía sus funciones en la Sala 504 --sobre asuntos civiles-- del Centro Judicial de Bayamón. Ese día fue llamado el caso Francisco Acevedo Soto, et. al. v. Gilberto Román Cruz, et. al., Civil Núm. DAC 93-0707, con el fin de discutir una moción presentada por una de las partes. El Lcdo. Jorge Calero Blanco compareció en representación de los demandantes. Por su parte, la parte demandada estuvo representada por los licenciados Elliot Merced Montañez y Oscar Pintado Rodríguez.

Durante la vista, el Lcdo. Calero Blanco señaló que, en esos momentos, se encontraba pendiente de resolución un recurso de certiorari ante el Tribunal de Circuito de Apelaciones, referente el mismo a una sentencia parcial emitida en el caso por el magistrado que presidía los procedimientos, Hon. Juez Maldonado Torres, el cual recurso había sido radicado ante el foro apelativo intermedio por la parte demandada. El Hon. Juez Maldonado se dirigió, entonces, al Lcdo. Pintado, solicitando de éste que se expresara al respecto. Según surge de la grabación y de la transcripción de la vista, el diálogo fue el siguiente:

"HON. JUEZ:

Bueno licenciado, y usted, ¿qu[é] dice?

LCDO. PINTADO TORRES [sic]:

No, el caso está sometido, Su Señoría al Apelativo.

HON. JUEZ:

Al Apelativo.

LCDO. MERCED MONTAÑEZ:

Eso es así, Vuestro Honor.

LCDO. PINTADO RODRIGUEZ:

Esperando sentencia.

HON. JUEZ:

Este caso data de mil novecientos noventa y tres.

LCDO. PINTADO TORRES [sic]:

Umjú...

HON. JUEZ:

Y están en el Apelativo ahora. Quiero darle la noticia siguiente a los compañeros, tan pronto como el Apelativo decida, una cuestión o la otra, vamos a ver el caso inmediatamente.

LCDO. CALERO BLANCO:

Muy bien.

HON. JUEZ:

No hay tiempo para, ya lo sabe que se estén preparando, mientras esté en el Apelativo síganse preparando.

LCDO. PINTADO TORRES [sic]:

Esperamos que no, Su Señoría.

HON. JUEZ:

Ah!

LCDO. PINTADO TORRES [sic]:

Esperamos que no.

HON. JUEZ:

Eso espera usted. Pero nosotros no vamos a esperar igual que Usted, verdad, Ja.

Ja. Ja.

LCDO. PINTADO TORRES [sic]:

Lo van a revocar, lo van a revocar. Esperamos que lo revoquen.

HON. JUEZ:

Sí.

LCDO. CALERO BLANCO:

No hay problema.

HON. JUEZ:

Este ... ¿Cómo es el nombre suyo licenciado?

LCDO. PINTADO RODRIGUEZ:

Oscar Pintado Rodríguez.

HON. JUEZ:

Bueno, voy a dejar pasar porque hoy es lunes pero ... su actitud no me gusta mucho, sabe licenciado.

LCDO. PINTADO RODRIGUEZ:

Pero yo no le dije nada malo.

HON. JUEZ:

No, no, usted le está faltando el respeto al Tribunal y me hace el favor y se calla la boca.

LCDO. PINTADO RODRIGUEZ:

No, no.

HON. JUEZ:

Se calla la boca, le está faltando el respeto a este Tribunal o va, va... va a incurrir en desacato sumario.

LCDO. PINTADO RODRIGUEZ:

Pero yo no le estoy diciendo a usted...

HON. JUEZ:

Sí, eso de que nos revoquen no es así.

LCDO. PINTADO RODRIGUEZ:

Es que...

HON. JUEZ:

Hágame el favor, licenciado, se calla la boca.

LCDO. PINTADO RODRIGUEZ:

Su Señoría...

HON. JUEZ:

Licenciado, se calla la boca, me hace el favor. Puede retirarse. Puede retirarse, le dije. Puede retirarse, licenciado." (Enfasis suplido.)

El Lcdo. Pintado solicitó de la Administración de los Tribunales que investigara el asunto por entender que la conducta del Juez Maldonado Torres fue una desproporcionada, atropellante y arbitraria. Adujo que la misma provocó que se sintiera humillado, agredido, intimidado y maltratado. Ante tal situación, el 19 de enero de 1999 la Administradora de Tribunales, Lcda.

Mercedes M. Bauermeister, remitió a la Comisión de Disciplina y de Separación del Servicio por Razón de Salud de Jueces el informe investigativo, preparado por la Administración, sobre la conducta del Juez Maldonado.

El 16 de febrero de 1999, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
16 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Abril de 2011 - 181 DPR 517
    • Puerto Rico
    • 5 Abril 2011
    ...remite la Comisión, pues lo podemos rechazar totalmente o sólo una parte, como también lo podemos modificar. In re Hon. Maldonado Torres, 152 D.P.R. 858 (2000); In re Moreira Avillán, 147 D.P.R. 78, 86 Un examen minucioso, objetivo e imparcial del informe que nos sometiera la Comisión, así ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 14 de Diciembre de 2015 - 193 DPR ____
    • Puerto Rico
    • 14 Diciembre 2015
    ...In re Sierra Enríquez, 185 DPR 830, 853 (2012); In re Muñoz, Morell, 182 DPR 738, 749–750 (2011); In re Hon. Maldonado Torres, 152 DPR 858, 869 Para lograr ese ejercicio, se requiere que se aquilate la prueba a la luz de la carga probatoria aplicable, es decir, la prueba debe ser clara, rob......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Junio de 2012 - 185 DPR 830
    • Puerto Rico
    • 12 Junio 2012
    ...del Comisionado Especial sobre la querella disciplinaria. In re Muñoz, Morell, 182 D.P.R. 738, 749-750 (2011); In re Maldonado Torres, 152 D.P.R. 858, 869 Cabe señalar además que, para imponer sanciones disciplinarias, nuestro ordenamiento ético disciplinario requiere que haya prueba clara,......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Abril de 2016 - 195 DPR ____
    • Puerto Rico
    • 5 Abril 2016
    ...In re Sierra Enríquez, 185 DPR 830, 853 (2012); In re Muñoz, Morell, 182 DPR 738, 749–750 (2011); In re Hon. Maldonado Torres, 152 DPR 858, 869 La imposición de la medida disciplinaria sirve como una guía que estimula el cumplimiento con la importante encomienda que conlleva un cargo en la ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
15 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Abril de 2011 - 181 DPR 517
    • Puerto Rico
    • 5 Abril 2011
    ...remite la Comisión, pues lo podemos rechazar totalmente o sólo una parte, como también lo podemos modificar. In re Hon. Maldonado Torres, 152 D.P.R. 858 (2000); In re Moreira Avillán, 147 D.P.R. 78, 86 Un examen minucioso, objetivo e imparcial del informe que nos sometiera la Comisión, así ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 14 de Diciembre de 2015 - 193 DPR ____
    • Puerto Rico
    • 14 Diciembre 2015
    ...In re Sierra Enríquez, 185 DPR 830, 853 (2012); In re Muñoz, Morell, 182 DPR 738, 749–750 (2011); In re Hon. Maldonado Torres, 152 DPR 858, 869 Para lograr ese ejercicio, se requiere que se aquilate la prueba a la luz de la carga probatoria aplicable, es decir, la prueba debe ser clara, rob......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 12 de Junio de 2012 - 185 DPR 830
    • Puerto Rico
    • 12 Junio 2012
    ...del Comisionado Especial sobre la querella disciplinaria. In re Muñoz, Morell, 182 D.P.R. 738, 749-750 (2011); In re Maldonado Torres, 152 D.P.R. 858, 869 Cabe señalar además que, para imponer sanciones disciplinarias, nuestro ordenamiento ético disciplinario requiere que haya prueba clara,......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Abril de 2016 - 195 DPR ____
    • Puerto Rico
    • 5 Abril 2016
    ...In re Sierra Enríquez, 185 DPR 830, 853 (2012); In re Muñoz, Morell, 182 DPR 738, 749–750 (2011); In re Hon. Maldonado Torres, 152 DPR 858, 869 La imposición de la medida disciplinaria sirve como una guía que estimula el cumplimiento con la importante encomienda que conlleva un cargo en la ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
1 artículos doctrinales
  • ¿Cómo juzgamos al juez?: evaluación de la conducta judicial en Puerto Rico
    • Puerto Rico
    • Revista Clave Núm. 11, Enero 2015
    • 1 Enero 2015
    ...incompetencia profesional manifiesta en sus deberes judiciales.50 45const. ElA art. V, § 11. (énfasis suplido). 46In re Maldonado Torres, 152 DPR 858 (2000). 47Ley Núm. 201 de 22 de agosto de 2003, que derogó la Ley de la Judicatura de 1994, 4 LPRA §§ 24-25r (2003). 484 LPRA § 25i (2003). 4......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR