Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Septiembre de 2001 - 155 DPR ____

EmisorTribunal Supremo
Número del casoCP-2000-3
DTS2001 DTS 136
TSPR2001 TSPR 136
DPR155 DPR ____
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2001

2001 DTS 136 IN RE: TEJADA RIVERA 2001TSPR136

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: Pedro J. Tejada Rivera

Querella

2001 TSPR 136

155 DPR ____

Número del Caso: CP-2000-3

Fecha: 24/septiembre/2001

Oficina del Procurador General: Lcda. Yvonne Casanova Pelosi, Procuradora General Auxiliar

Abogado de la Parte Querellada: Lcdo.

René Arrillaga Beléndez

Materia: Conducta Profesional

(La suspensión es efectiva a partir del 11 de octubre de 2001, fecha en que se le notificó al abogado el Per Curiam y Sentencia)

ADVERTENCIA

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

PER CURIAM

San Juan, Puerto Rico, a 24 de septiembre de 2001.

El 21 de enero de 1998 la licenciada Ada María Torres Pérez presentó ante esta Curia una queja contra el licenciado Pedro Juan Tejada Rivera. En síntesis, la quejosa alegó que el referido licenciado Tejada Rivera hizo constar falsamente, bajo su fe notarial, la comparecencia de unos otorgantes y de unos testigos instrumentales en una acta de subsanación y que, de igual manera, había falsificado una instancia solicitando la cancelación de una hipoteca.1 En cumplimiento con la resolución emitida por este Tribunal el 24 de marzo de 2000, el Procurador General de Puerto Rico presentó querella el 5 de abril de 2000, formulando contra el licenciado Tejada Rivera los cargos siguientes:

CARGO I

El Lic. Pedro J. Tejada Rivera violentó el Artículo 2 de la Ley Número 75 de 2 de julio de 1987[,] denominada Ley Notarial de Puerto Rico[,] la cual dispone lo siguiente:

El Notario es el profesional del Derecho que ejerce una función pública, autorizado para dar fe y autenticidad conforme a las leyes, de los negocios jurídicos y demás actos y hechos extrajudiciales que ante él se realicen, sin perjuicio de lo dispuesto en las leyes especiales. Es su función recibir e interpretar la voluntad de las partes, dándole forma legal, redactar las escrituras y documentos notariales a tal fin y conferirle autoridad a los mismos. La fe pública del Notario es plena respecto a los hechos que, en el ejercicio de su función personalmente ejecute o compruebe y también respecto a la forma, lugar, día y hora del otorgamiento.

CARGO II

El Lic. Pedro J. Tejada Rivera violentó el Canon 35 de Etica Profesional, 4 L.P.R.A. Ap. IX el cual, entre otras cosas[,] obliga a todo abogado a ajustarse a la sinceridad de los hechos al redactar affidávits u otros documento[s] y a abstenerse de utilizar medios inconsistentes con la verdad.

Vista la querella presentada por el Procurador General, así como la contestación del querellado negando los cargos imputados, el 26 de junio de 2000 este Tribunal designó al licenciado Agustín Mangual Hernández, Comisionado Especial. Dicho Comisionado señaló la celebración de una conferencia con antelación a la vista y le ordenó a las partes que presentaran un informe conjunto haciendo constar la prueba documental a ofrecerse en evidencia y las estipulaciones formuladas por las partes.2

La vista evidenciaria se celebró el 27 de noviembre de 2000. El Comisionado Especial, cumpliendo con nuestra encomienda, rindió un informe el 9 de febrero de 2001, en el cual recogió las estipulaciones de las partes y formuló las determinaciones de hechos correspondientes. Dicho funcionario encontró probado que el querellado autorizó el 3 de julio de 1991 una Instancia sobre Cancelación de Hipoteca,3 la Escritura Pública Número Once (11) sobre Segregación,4 y las Escrituras Públicas Número Doce (12), Trece (13) y Catorce (14) sobre Donación.5 La quejosa era la donataria del negocio jurídico contenido en la Escritura Pública Número Catorce (14). Las referidas escrituras públicas fueron presentadas el 8 de octubre de 1991 ante el Registro de la Propiedad, Sección Segunda de Ponce. El Registrador de la Propiedad notificó al querellado, el 11 de julio de 1994, que las Escrituras Públicas Números Once (11), Doce (12), Trece (13) y Catorce (14) adolecían de faltas que impedían su inscripción.6 Dichas notificaciones no fueron recibidas por el querellado, porque éste había mudado su oficina. El Registrador de la Propiedad procedió a extender nota de caducidad en los asientos de presentación de dichas escrituras el 9 de septiembre de 1994. El 6 de marzo de 1996, el querellado presentó ante el Registro de la Propiedad, por segunda ocasión, una versión diferente de la Instancia sobre Cancelación de Hipoteca.7 Dicho documento fue objeto de notificación de defecto por el Registrador de la Propiedad el 27 de marzo de 1996.8 El querellado, el 22 de abril del mismo año, procedió a retirar del Registro de la Propiedad las Escrituras Públicas Número Once (11), Doce (12), Trece (13) y Catorce (14) anteriormente aludidas, conjuntamente con la Instancia sobre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
7 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Diciembre de 2003 - 160 DPR 744
    • Puerto Rico
    • 5 Diciembre 2003
    ...124; In re Guadalupe Díaz, res. el 19 de septiembre de 2001, 2001 T.S.P.R. 128; In re Tejada Rivera, res. el 24 de septiembre de 2001, 2001 T.S.P.R. 136. Aun cuando entendemos que la conducta incurrida por el licenciado García violentó normas éticas de gran envergadura e importancia, no deb......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 14 de Septiembre de 2005 - 165 DPR 565
    • Puerto Rico
    • 14 Septiembre 2005
    ...155 D.P.R.___ (2001), 2001 T.S.P.R. 153, 2001 J.T.S. 156; In re: Tejada Rivera, res. 24 de septiembre de 2001, 155 D.P.R.___ (2001), 2001 T.S.P.R. 136, 2001 J.T.S. 138; In re: Guadalupe, Colón, res. 19 de septiembre de 2001, 155 D.P.R.__ (2001), 2001 T.S.P.R. 128, 2001 J.T.S. 131; In re: Vé......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 15 de Septiembre de 2005 - 165 DPR 649
    • Puerto Rico
    • 15 Septiembre 2005
    ...o compruebe y también respecto a la forma, lugar, día y hora del otorgamiento. In re Tejada Rivera, res. el 24 de septiembre de 2001, 2001 T.S.P.R. 136. En In re Tejada Rivera, ante, expresamos que el Estado, le confiere a un documento autorizado por un notario, bajo su firma, signo, sello ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 16 de Marzo de 2004 - 161 DPR 364
    • Puerto Rico
    • 16 Marzo 2004
    ...u otros documentos, y al presentar causas. Al analizar dicho canon en el caso In re: Tejado Rivera, res el 24 de septiembre de 2001, 2001 T.S.P.R. 136, afirmamos que cualquier hecho aseverado en un instrumento público por un notario que no concuerde con la verdad constituye una violación al......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
6 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Diciembre de 2003 - 160 DPR 744
    • Puerto Rico
    • 5 Diciembre 2003
    ...124; In re Guadalupe Díaz, res. el 19 de septiembre de 2001, 2001 T.S.P.R. 128; In re Tejada Rivera, res. el 24 de septiembre de 2001, 2001 T.S.P.R. 136. Aun cuando entendemos que la conducta incurrida por el licenciado García violentó normas éticas de gran envergadura e importancia, no deb......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 14 de Septiembre de 2005 - 165 DPR 565
    • Puerto Rico
    • 14 Septiembre 2005
    ...155 D.P.R.___ (2001), 2001 T.S.P.R. 153, 2001 J.T.S. 156; In re: Tejada Rivera, res. 24 de septiembre de 2001, 155 D.P.R.___ (2001), 2001 T.S.P.R. 136, 2001 J.T.S. 138; In re: Guadalupe, Colón, res. 19 de septiembre de 2001, 155 D.P.R.__ (2001), 2001 T.S.P.R. 128, 2001 J.T.S. 131; In re: Vé......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 15 de Septiembre de 2005 - 165 DPR 649
    • Puerto Rico
    • 15 Septiembre 2005
    ...o compruebe y también respecto a la forma, lugar, día y hora del otorgamiento. In re Tejada Rivera, res. el 24 de septiembre de 2001, 2001 T.S.P.R. 136. En In re Tejada Rivera, ante, expresamos que el Estado, le confiere a un documento autorizado por un notario, bajo su firma, signo, sello ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 16 de Marzo de 2004 - 161 DPR 364
    • Puerto Rico
    • 16 Marzo 2004
    ...u otros documentos, y al presentar causas. Al analizar dicho canon en el caso In re: Tejado Rivera, res el 24 de septiembre de 2001, 2001 T.S.P.R. 136, afirmamos que cualquier hecho aseverado en un instrumento público por un notario que no concuerde con la verdad constituye una violación al......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
1 diposiciones normativas

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR