Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 39 D.P.R. 260
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 39 D.P.R. 260 |
No.: 4315, -Sometido: Mayo 23, 1928, Resuelto: Marzo 7, 1929.
Sentencia de Gabriel Castejón, J. (Humacao), declarando con lugar la
demanda, sin costas. Confirmada.
González Fagundo & González Jr., abogados del demandado-apelante-apelado;
Besosa & Besosa, abogados del demandante-apelado-apelante.
El Juez Asociado Señor Hutchison, emitió la opinión del tribunal.
La Porto Rico Fertilizer Co. instituyó un procedimiento en cobro de cinco
mil setecientos cuarenta y cuatro dólares treinta y siete centavos
($5,744.37), que aparecían cargados a la cuenta de Antonio Roig en los
libros de F.
Fernández & Compañía. En una acción anterior entablada por la
Porto Rico Fertilizer Co. contra F. Fernández & Compañía, esta cuenta había
sido embargada y vendida en pública subasta en ejecución de sentencia. La
demandante fué la compradora en dicha venta.
Ambas partes apelan de una sentencia a favor de la demandante por la suma de
tres mil ciento cuarenta y cuatro dólares treinta y siete centavos
($3,144.37), sin especial condenación de costas.
El demandado Roig alega que la demanda no aduce hechos suficientes para
determinar una causa de acción y cita el caso de J. Ochoa y Hermanos v.
Herederos de Lanza, 17 D.P.R. 420.
En dicho caso la alegación esencial de la demanda fué una simple conclusión
de derecho al efecto de que la demandante era acreedora de los demandados en
virtud de ciertas obligaciones contraídas, especificando el importe. En el
presente caso la demandante alega que el demandado Roig adeudaba a Fernández
& Compañía, según sus libros, la suma de cinco mil setecientos cuarenta y
cuatro dólares treinta y siete centavos ($5,744.37) por mercancías compradas
y recibidas por él, y que esta cuenta había pasado a pertenecer a la
demandante. La forma en que ocurrió esto se dirá detalladamente en otro
sitio y no hay cuestión alguna envuelta respecto a la suficiencia de esta
parte de la demanda.
Los hechos relativos a la deuda de Roig con Fernández
& Compañía son suficientes para demostrar la existencia y origen de una
obligación de pagar el importe de bienes vendidos y entregados a él.
Giménez v.
Alfonso, 29 D.P.R. 322. Véanse también Alfaro v. Alonso, 27
D.P.R. 53, y Lizardi v. Marrero, 32 D.P.R. 598.
La segunda contención del demandado Roig es que la corte inferior se excedió
en la estimación del valor probatorio de los libros llevados por Fernández &
Compañía y cometió
error al basar su sentencia en tal evidencia.
La demandante presentó como prueba los libros de Roig, así como los de
Fernández & Compañía. De conformidad con una estipulación de las partes la
corte autorizó
tres peritos contables para que examinaran ambos juegos de
libros y rindieran un informe. Dos de estos peritos fueron nombrados por la
demandante y el tercero por el demandado. Este último perito indica en su
informe que en abril 13, 1921, los dos juegos de libros estaban en completa
armonía. Los contables nombrados por la demandante parecen haber basado sus
conclusiones en un análisis de los libros de Roig, pasando por alto
prácticamente los libros de Fernández & Compañía. Ninguno de los asientos
de los libros últimamente mencionados parece haber sido atacado por Roig.
Toda la controversia en la corte inferior parece haber girado sobre la
cuestión de si ciertos asientos en los libros llevados por Roig deberían ser
o no considerados como válidos contra Fernández & Compañía. No hubo
diferencia alguna en la opinión de los peritos sobre el valor probatorio de
los libros llevados por Fernández & Compañía. El juez sentenciador concedió
a favor de Roig cierta partida de sus libros, que había sido rechazada por
los peritos de la demandante. Al rechazar otras partidas, él estuvo de
acuerdo con el informe. Cualquier referencia hecha por el juez sentenciador
en relación con los libros de Fernández & Compañía agrega poco peso a la
teoría de una sentencia basada en una estimación exagerada de su valor
probatorio.
Pero los...
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 54 D.P.R. 459
...de esta propia corte en los siguientes casos: Largé & Acevedo v. Fernández, 38 D.P.R. 508; Porto Rico Fertilizer Co. v. Roig, 39 D.P.R. 260; Morales v. Peña, 40 D.P.R. 186; García v. Ratera, 40 D.P.R. 595; Santos v. Fajardo Development Co., 44 D.P.R. 695; Reguero v. Jiménez, 44 D.P.R. 7......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 54 D.P.R. 459
...de esta propia corte en los siguientes casos: Largé & Acevedo v. Fernández, 38 D.P.R. 508; Porto Rico Fertilizer Co. v. Roig, 39 D.P.R. 260; Morales v. Peña, 40 D.P.R. 186; García v. Ratera, 40 D.P.R. 595; Santos v. Fajardo Development Co., 44 D.P.R. 695; Reguero v. Jiménez, 44 D.P.R. 7......