Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 39 D.P.R. 542

EmisorTribunal Supremo
DPR39 D.P.R. 542

39 D.P.R. 542 (1929) PORTELA V. SALDAÑA

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Antonio Portela, demandante y apelado,

v.

Rafael Saldaña, demandado y apelante, y Pablo Vilella Jr. y

Agustín Balseiro, demandados y apelados.

No.: 4452, -Sometido: Noviembre 20, 1928, Resuelto: Mayo 2, 1929.

Sentencia de Domingo Sepúlveda, J. (San Juan) declarando al apelante

obligado por la sentencia que dictara el tribunal contra el apelado Vilella

Jr., y condenándolo a pagar el importe de dicha sentencia, con intereses y

costas, sin honorarios. Confirmada.

J. Valldejuli Rodríguez, abogado del apelante; José Martínez Dávila, abogado

del demandante apelado.

El Juez Asociado Señor Hutchison, emitió la opinión del tribunal.

Rafael Saldaña, un deudor solidario, fué requerido para mostrar causas por

las cuales no debía ser obligado por una sentencia dictada en una acción

sobre un pagaré en la que no había sido emplazado como demandado, y apela de

una sentencia adversa dictada en el procedimiento prescrito por los

artículos 307 a 312, inclusive, del Código de Enjuiciamiento Civil.

La exposición del caso dice que durante la vista de la orden para mostrar

causa el abogado de Saldaña presento una moción alegando que el

procedimiento era nulo y contrario a derecho. Los motivos señalados fueron

que el emplazamiento entregado a Saldaña no se refería a la sentencia ni

expresaba que la misma estuviera sin satisfacer, ni especificaba la cantidad

que de ella se adeudaba; y que al demandado no se le suministró copia del

affidavit, según lo requiere el artículo 309 del Código de Enjuiciamiento

Civil. El señor letrado también sostenía que la obligación descrita en el

emplazamiento no era solidaria en cuanto a Saldaña.

Saldaña entonces solicitó permiso para introducir prueba con el fin de

demostrar que el márshal no había entregado al demandado todos los

documentos y certificaciones mencionados en el diligenciamiento. El juez de

distrito manifestó

que no admitiría prueba alguna a menos que fuera para

demostrar que el diligenciamiento del márshal era falso, porque el

diligenciamiento era prueba prima facie de los hechos en él expuestos; que,

a los efectos del diligenciamiento del márshal, la corte no admitiria otra

evidencia que el diligenciamiento mismo, sin perjuicio de cualquier derecho

de acción que el demandado pudiera tener contra el márshal; y que lo que la

corte quería decir era que el diligenciamiento era la única garantía prima

facie que tenía...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
7 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Febrero de 2006, número de resolución KLCE0501799
    • Puerto Rico
    • 27 Febrero 2006
    ...844 (1938); Benabe v. Corte, 42 D.P.R. 896 (1931); Banco Territorial y Agrícola v. Vidal, 42 D.P.R. 869 (1931); Portela v. Saldaña, 39 D.P.R. 542 Sin embargo, al presente no se ha cuestionado con éxito ante nuestra más Alta Curia la constitucionalidad de la referida regla procesal. De igual......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 23 de Diciembre de 1952 - 74 D.P.R. 225
    • Puerto Rico
    • 23 Diciembre 1952
    ...276; Ruberté v. American Railroad Co., 52 D.P.R. 371; Maniscalco & Nuccio v. Sancho Bonet, Tes., 51 D.P.R. 515; Portela v. Saldaña, 39 D.P.R. 542; D'Azizi v. Alcaraz, 40 D.P.R. 915; El Pueblo v. Sucn. Valdés, 31 D.P.R. 223. Son enteramente razonables las circunstancias enumeradas en el ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 22 de Junio de 2007 - 171 DPR 695
    • Puerto Rico
    • 22 Junio 2007
    ...58 D.P.R. 59 (1941); Balbaño v. Cintrón, 53 D.P.R. 844 (1938); Banco Territorial v. Vidal, 42 D.P.R. 869 (1931); y Portela v. Saldaña, 39 D.P.R. 542 (1929). La Regla en cuestión está basada en el principio de rapidez y economía que en general informa también a todo el cuerpo de nuestras reg......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2005, número de resolución KLCE0401478
    • Puerto Rico
    • 31 Enero 2005
    ...cuando existen unos vínculos contractuales de solidaridad. Pauneto Rivera v. Núñez Borges, 115 D.P.R. 591 (1984); Portela v. Saldaña, 39 D.P.R. 542 (1929); Banco Territorial y Agrícola v. Vidal, 42 D.P.R. 869 (1931); Balbaño v. Cintrón, 53 D.P.R. 844 (1938); y Durán v. Sucn. Durán, 58 D.P.R......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
7 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Febrero de 2006, número de resolución KLCE0501799
    • Puerto Rico
    • 27 Febrero 2006
    ...844 (1938); Benabe v. Corte, 42 D.P.R. 896 (1931); Banco Territorial y Agrícola v. Vidal, 42 D.P.R. 869 (1931); Portela v. Saldaña, 39 D.P.R. 542 Sin embargo, al presente no se ha cuestionado con éxito ante nuestra más Alta Curia la constitucionalidad de la referida regla procesal. De igual......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 23 de Diciembre de 1952 - 74 D.P.R. 225
    • Puerto Rico
    • 23 Diciembre 1952
    ...276; Ruberté v. American Railroad Co., 52 D.P.R. 371; Maniscalco & Nuccio v. Sancho Bonet, Tes., 51 D.P.R. 515; Portela v. Saldaña, 39 D.P.R. 542; D'Azizi v. Alcaraz, 40 D.P.R. 915; El Pueblo v. Sucn. Valdés, 31 D.P.R. 223. Son enteramente razonables las circunstancias enumeradas en el ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 22 de Junio de 2007 - 171 DPR 695
    • Puerto Rico
    • 22 Junio 2007
    ...58 D.P.R. 59 (1941); Balbaño v. Cintrón, 53 D.P.R. 844 (1938); Banco Territorial v. Vidal, 42 D.P.R. 869 (1931); y Portela v. Saldaña, 39 D.P.R. 542 (1929). La Regla en cuestión está basada en el principio de rapidez y economía que en general informa también a todo el cuerpo de nuestras reg......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2005, número de resolución KLCE0401478
    • Puerto Rico
    • 31 Enero 2005
    ...cuando existen unos vínculos contractuales de solidaridad. Pauneto Rivera v. Núñez Borges, 115 D.P.R. 591 (1984); Portela v. Saldaña, 39 D.P.R. 542 (1929); Banco Territorial y Agrícola v. Vidal, 42 D.P.R. 869 (1931); Balbaño v. Cintrón, 53 D.P.R. 844 (1938); y Durán v. Sucn. Durán, 58 D.P.R......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR