Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 29 de Noviembre de 1945 - 65 D.P.R. 430

EmisorTribunal Supremo
DPR65 D.P.R. 430
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 1945

65 D.P.R. 430 (1945) SUCESIÓN LLEDO V. COMISIÓN INDUSTRIAL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

SUCESIÓN A. LLEDO, recurrente,
v.
COMISIÓN INDUSTRIAL DE PUERTO RICO, ETC., demandada y GUILLERMO ATILES MOREU, ADMINISTRADOR DE FONDO DEL ESTADO; LUIS SANTIAGO PACHECO y EURIPIDIES FIGUEROA, beneficiarios del obrero occiso. Núm. 349 65 D.P.R. 430 (1945) 29 de noviembre de 1945 RECURSO DE REVISIÓN contra Resolución de la Comisión Industrial de Puerto Rico. Confirmada la resolución recurrida COMPENSACIONES A OBREROS -- CUANTÍA Y PERIODO DE COMPENSACIÓN -- AUMENTO O REDUCCIÓN DE COMPENSACIÓN -- CONDUCTA IMPROPIA EN GENERAL (ANTERIOR A LA LESIÓN O DANO) -- DEL PATRONO -- EMPLEO DE MENORES EN GENERAL. -- El empleo de un muchacho de catorce años y meses de edad como ayudante del conductor de un vehículo de motor, en el cual vehículo el va, estando su trabajo relacionado con la distribución de hielo a los clientes de su patrono, contraviene la Ley núm. 230 de 1942 ((1) pág. 1299). ID. -- ID. -- ID. -- ID. -- ID. -- ID. -- Los beneficiarios de un menor empleado en contravención de la ley tienen derecho a recibir doble compensación por la muerte de dicho menor en un accidente del trabajo. Para quedar exento de pagar la doble indemnización el patrono viene obligado a probar los extremos que establece la propia ley. Su prueba en el caso al efecto no fue creída por la Comisión Industrial. ID. -- PROCEDIMIENTOS PARA OBTENER COMPENSACIÓN -- REVISIÓN POR LOS TRIBUNALES -- ALCANCE Y EXTENSIÓN DE LA REVISIÓN -- SEGÚN LAS CUESTIONES SEAN DE HECHO O DE DERECHO Y CONCLUSIONES -- CUESTIONES DE HECHO Y CONCLUSIONES. -- No se intervendra con una conclusión a que llegue la Comisión Industrial sobre una cuestión de hecho en que la evidencia este en conflicto, si la por ella creída es suficiente para justificar esa conclusión. Victor J. Vidal González, abogado de la recurrente; A. De Jesús Mates y A. Sandin del Manzano, abogados del Administrador del Fondo del Estado; E. Cornier Martínez, abogado de los beneficiarios. EL JUEZ PRESIDENTE SEÑOR TRAVIESO emitió la opinión del tribunal. [P431]En el mes de julio do 1944, la Sucesión A. Lledo, patrono asegurado en el Fondo del Seguro del Estado y dedicado al negocio de fabricación y venta de hielo en la ciudad de Ponce, tomo a su servicio al joven obrero Concepción Santiago, para trabajar como repartidor en un vehículo de motor que dicho patrono utilizaba para la venta y distribución, de hielo. En agosto 16 de 1944, mientras el joven Santiago se encontraba en el desempeño de las funciones inherentes a su empleo, al ir a subir a la guagua resbalo en el estribo del vehículo, cayó y fue atrapado por una de las ruedas traseras del mismo, quedando como consecuencia privado de su vida. El administrador del Fondo resolvió que el accidente era compensable. Otorgó a los padres del obrero difunto una compensación por la suma de $ 2,000 y resolvió, además, que el patrono debía pagar a los padres reclamantes otra suma igual a la fijada como compensación, basándose en que el obrero había sido empleado por el patrono en contravención de las disposiciones de la Ley Reglamentando el Empleo de Menores (Ley núm. 230 de mayo 12 de 1942, pág. 1299). En mayo 1 de 1945, la Comisión Industrial de Puerto Rico confirmó la decisión del administrador; y habiéndose negado a reconsiderar su resolución, el patrono acudió ante...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
7 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Marzo de 1965 - 91 D.P.R. 891
    • Puerto Rico
    • 11 March 1965
    ...esta defensa la ley exige que la manifestación se haga en declaración jurada según el caso de Sucn. Lledó v. Comisión Industrial, 65 D.P.R. 430 (1945)"; y no puede alegarse con éxito la doctrina de enriquecimiento injusto porque la misma es "extraña" a la Ley de Compensaciones por Accidente......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 23 de Junio de 1967 - 95 D.P.R. 001
    • Puerto Rico
    • 23 June 1967
    ...v. Comisión Industrial, 79 D.P.R. 282 (1956). 6. Ortega v. Comisión Industrial, 73 D.P.R. 191 (1952); Sucn. Lledó v. Comisión Industrial, 65 D.P.R. 430 (1945); Hernández v. Comisión Industrial, 60 D.P.R. 165 7. Véanse, la Ley Núm. 55 de 18 de abril de 1950 (Leyes, págs. 139, 143), la Ley Nú......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Marzo de 2013, número de resolución KLCE201201691
    • Puerto Rico
    • 27 March 2013
    ...si las mismas están sostenidas por la prueba. Ortega v. Comisión Industrial, 73 D.P.R. 191 (1952); Sucesión Llado v. Comisión Industrial, 65 D.P.R. 430 Evaluados los argumentos de las partes en sus respectivos alegatos, el texto del Artículo X, Sección 4 del Convenio Colectivo, así como el ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 27 de Mayo de 1969 - 97 D.P.R. 364
    • Puerto Rico
    • 27 May 1969
    ...particular se trataba de menores comprendidos entre las edades de catorce y dieciocho años. Véanse, Sucn. Lledó v. Comisión Industrial, 65 D.P.R. 430 (1945); De Jesús v. supra; Transportation Service Co. v. Comisión Industrial, 66 D.P.R. 395 (1946); Juan Bigas, Sucrs. v. Comisión Industrial......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
7 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Marzo de 1965 - 91 D.P.R. 891
    • Puerto Rico
    • 11 March 1965
    ...esta defensa la ley exige que la manifestación se haga en declaración jurada según el caso de Sucn. Lledó v. Comisión Industrial, 65 D.P.R. 430 (1945)"; y no puede alegarse con éxito la doctrina de enriquecimiento injusto porque la misma es "extraña" a la Ley de Compensaciones por Accidente......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 23 de Junio de 1967 - 95 D.P.R. 001
    • Puerto Rico
    • 23 June 1967
    ...v. Comisión Industrial, 79 D.P.R. 282 (1956). 6. Ortega v. Comisión Industrial, 73 D.P.R. 191 (1952); Sucn. Lledó v. Comisión Industrial, 65 D.P.R. 430 (1945); Hernández v. Comisión Industrial, 60 D.P.R. 165 7. Véanse, la Ley Núm. 55 de 18 de abril de 1950 (Leyes, págs. 139, 143), la Ley Nú......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Marzo de 2013, número de resolución KLCE201201691
    • Puerto Rico
    • 27 March 2013
    ...si las mismas están sostenidas por la prueba. Ortega v. Comisión Industrial, 73 D.P.R. 191 (1952); Sucesión Llado v. Comisión Industrial, 65 D.P.R. 430 Evaluados los argumentos de las partes en sus respectivos alegatos, el texto del Artículo X, Sección 4 del Convenio Colectivo, así como el ......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 27 de Mayo de 1969 - 97 D.P.R. 364
    • Puerto Rico
    • 27 May 1969
    ...particular se trataba de menores comprendidos entre las edades de catorce y dieciocho años. Véanse, Sucn. Lledó v. Comisión Industrial, 65 D.P.R. 430 (1945); De Jesús v. supra; Transportation Service Co. v. Comisión Industrial, 66 D.P.R. 395 (1946); Juan Bigas, Sucrs. v. Comisión Industrial......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR