Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 8 de Abril de 1952 - 73 D.P.R. 331

EmisorTribunal Supremo
DPR73 D.P.R. 331
Fecha de Resolución 8 de Abril de 1952

73 D.P.R. 331 (1952) LAMBOY V. IRIZARRY

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Cristóbal Lamboy y Antonio Piovanetti, demandantes y apelantes

vs.

Plinio Irizarry, demandado y apelado.

Núm. 10542

73 D.P.R. 331

8 de abril de 1952

Sentencia de Jesús A. González, J. (San Juan), declarando sin lugar demanda en cobro de dinero, con costas, sin honorarios de abogado. Confirmada.

  1. Corredores ( Brokers)--Compensación y Gravamen ( Lien)--Suficiencia de los Servicios--Invalidación del Contrato o Transacción Negociado.--Para que surja el derecho de un corredor de negocios a quien se le encomienda la venta de una propiedad a cobrar comisión, es necesario (1) que la venta se realice, con lo cual el contrato de compraventa quedara consumado; o (2) que el contrato de compraventa quede perfeccionado--aun sin llegarse a consumar la venta--y el mismo se rescinda voluntariamente, o por el comprador debido a fraude, culpa o mala fe del vendedor.

  2. Id.--Id.--Id.--Id.--Solicitados por el dueño de una finca los servicios de un corredor de negocios para que la venda y encontrado por éste un comprador, si la venta queda pendiente de aceptación final por parte del comprador y éste luego desiste de ella, el corredor no tiene derecho a comisión.

Vicente Pérez Díaz y Angel Díaz García, abogados de los apelantes.

César A. Montilla, abogado del apelado.

OPINIÓN EMITIDA POR EL HON. JUEZ NEGRÓN FERNÁNDEZ

El demandado Plinio Irizarry encomendó a Cristóbal Lamboy y Antonio Piovanetti, corredores de bienes raíces, la venta de un edificio de su propiedad situado en la calle Gua yama [P332] de Río Piedras, por una comisión que finalmente se rebajó a $700. Sobre el edificio pesaba un gravamen hipotecario a favor de Víctor Manuel Fernández por la suma de $32,000. Lamboy y Piovanetti gestionaron la venta de dicho edificio, entre otras personas, con el acreedor hipotecario, Fernández. Luego de una conferencia entre Fernández e Irizarry, en la cual Lamboy y Piovanetti estuvieron presentes, "se cerró el negocio" por la suma de $62,000. Irizarry aceptaría un crédito hipotecario por $30,000 que tenía Fernández sobre una finca situada en Isla Verde, y se daría por pagado su propio crédito hipotecario sobre el edificio.

Se llamó entonces al abogado Cornier a casa de Fernández, donde se celebraba la conferencia, encomendándosele la preparación de la escritura. Según Fernández--quien declaró como testigo de los demandantes--Cornier debería investigar en la Junta de...

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