Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 9 de Agosto de 1956 - 79 D.P.R. 596

EmisorTribunal Supremo
DPR79 D.P.R. 596
Fecha de Resolución 9 de Agosto de 1956

79 D.P.R. 596 (1956) MARTÍNEZ V. UNITED STATES CASUALTY CO.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

MARÍA ANTONIA MARTÍNEZ POR SÍ Y EN REPRESENTACIÓN DE SU

MENOR HIJO RICHARD JUAN RAMÍREZ MARTÍNEZ ET AL.,

DEMANDANTES, APELADOS Y APELANTES

VS.

UNITED STATES CASUALTY CO. Y MUNICIPIO DE AÑASCO, P. R.,

DEMANDADOS, APELANTES Y APELADOS

Núm. 11630

79 D.P.R. 596

9 de agosto de 1956

Sentencia de Frank Vizcarrondo Vivas, J. (Mayagüez), declarando con lugar demanda de daños y perjuicios, con costas y honorarios de abogado. Confirmada.

  1. Patrono y Empleado--Responsabilidad por Daños a Terceras Personas--Actuaciones u Omisiones del Empleado--Actuación Dentro de los Límites o Alcance del Empleado--Al investigar si la actuación de un empleado está dentro de los límites del mandato, lo esencial a determinarse es si existe una conexión razonable y pertinente entre dicha actuación y los intereses del patrono y si la misma tiende razonablemente a imprimirle efectividad al objetivo final del patrono.

  2. Id.--Id.--Id.--Desviación del Empleado de las Ordenes o Prohibiciones Específicas del Patrono.--Autorizado el chófer de una ambulancia municipal para trasladar una enferma de la casa de ésta al hospital, del hecho de él trasladar al esposo de la enferma a la farmacia en busca de la medicina que le recetaron a aquélla no puede concluirse que tuvo el propósito de servir sus propios intereses y no los del municipio. Esta actuación tiene una conexión razonable y pertinente con los intereses del municipio, ya que tiende a imprimirle efectividad a un objetivo principal del municipio, como lo es, entre otros, el prestar el mejor servicio de beneficencia pública a la comunidad.

  3. Negligencia--Acciones--Evidencia--Presunciones en General-- Negligencia del Demandado--En General--La doctrina de res ipsa loquitur debe aplicarse cuando las circunstancias del caso son de tal naturaleza que el accidente no hubiera ocurrido a no haber sido por la exclusiva negligencia del demandado y el demandante no tiene medios a su alcance para probar la causa del accidente, no empece que se hubieren alegado hechos específicos de negligencia que se intentó pero no se pudieron probar.

  4. Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--Id.--La presunción de negligencia que lleva consigo la doctrina de res ipsa loquitur debe prevalecer contra el demandado en acción de daños y perjuicios por negligencia mientras éste no demuestre que no fué por su negligencia que ocurrió el accidente que motiva la acción.

  5. Automóviles--Daños Provenientes de su Operación o del Uso de las Carreteras--Responsabilidad del Dueño por Actos del Empleado--Alcance del Empleo--Actos Permitidos por el Empleado--La doctrina de que el dueño de un vehículo no es responsable en daños cuando su chófer, sin autorización de aquél, invita a otra persona a que lo acompañe y como consecuencia de un accidente sufrido por el vehículo el invitado es lesionado, no tiene aplicación a un caso en el cual no hay prueba de que el lesionado fuera un invitado, un intruso o un transgresor.

  6. Patrono y Empleado--Responsabilidad por Daños a Terceras Personas--Acciones--Evidencia--Presunciones--Actuación del Empleado Dentro de los Límites de su Empleo--Una vez que en la acción de daños y perjuicios por negligencia existe prueba de que el demandado es dueño del vehículo que causó los daños reclamados, surge la presunción juris tantum de que la persona que conducía tal vehículo era empleado o agente del demandado y que éste actuaba en el curso del desempeño de sus atribuciones.

  7. Seguros--Extensión de la Pérdida y de la Responsabilidad del Asegurado--Seguro de Garantía e Indemnización-- Responsabilidad por Lesiones o Daños a Personas o Propiedades--Aun cuando una cláusula en una póliza de seguro disponga que el vehículo asegurado debe dedicarse al uso descrito en la póliza, tal uso debe ser el regular y dominante que debe dársele al vehículo sin que ello quiera decir que ése sea el único uso que se le pueda dar al mismo y que de ocurrir un accidente mientras se le está dando otro uso ello sea óblice para recobrar bajo la póliza.

  8. Daños y Perjuicios--Alegación, Evidencia y Fijación-- Procedimientos para Probarlos--Cuestiones para la Corte Sentenciadora--Fijación de la Cuantía de la Indemnización--En acción de daños y perjuicios la fijación de la indemnización descansa en el sano criterio del tribunal sentenciador.

  9. Apelación--Revisión--Cuestiones de Hecho y Conclusiones--Sentencia en Relación con la Evidencia-- Cuantía o Importe a Recobrar por Sentencia--En General--Siendo discrecional con el tribunal sentenciador la fijación...

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