Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 5 de Diciembre de 1968 - 96 D.P.R. 715

EmisorTribunal Supremo
DPR96 D.P.R. 715
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 1968

96 D.P.R. 715 (1968)HERNÁNDEZ V. FONSECA

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

FELIPE HERNÁNDEZ y MARGARITA CERICH, ETC., demandantes y recurridos

vs.

CARMELO FONSECA y ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, demandados y recurrentes

Núm. R-62-310

96 D.P.R. 715

5 de diciembre de 1968

SENTENCIA de J. M. Calderón, Jr., J. (San Juan) declarando con lugar una demanda en daños y perjuicios. Confirmada.

PUERTO RICO--ACCIONES--LEY DE RECLAMACIONES Y DEMANDAS CONTRA EL--ELA--CUANDO EL ELA RESPONDE EN DAÑOS--El Estado responde--b las disposiciones de la Ley Núm. 104 de 29 de junio de 1955--por los daños y perjuicios ocasionados a una persona inocente que es herida en una vía pública a consecuencia de un disparo de revólver hecho por un policía estatal en dicha vía pública contra una persona que huía para evitar ser arrestada, cuando tal actuación del policía no era absolutamente necesaria para lograr el arresto del delicuente y dicha actuación no constituyó un acometimiento contra dicho delincuente--quien durante la huida se detuvo y sacó un cuchillo con intención de agredir al policía, lo que motivó que éste disparara--ni un acometimiento y agresión contra la persona herida. (Báez Vega v. E.L.A. 87:67, distinguido).

J. B. Fernández Badillo, Procurador General, J. F. Rodríguez Rivera, Procurador General Interino, Jenaro Marchand y Américo Serra, Procuradores Generales Auxiliares, abogados de los recurrentes.

César Andréu Ribas, abogado de los recurridos.

Sala Primera integrada por el Juez Asociado Señor Pérez Pimentel como Presidente de Sala y los Jueces Asociados Señores Blanco Lugo, Rigau y Ramírez Bages.

OPINIÓN EMITIDA POR EL JUEZ PÉREZ PIMENTEL

El Tribunal Superior, Sala de San Juan, dictó sentencia en 26 de noviembre de 1962, condenando a Carmelo Fonseca y al Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a pagar a los demandantes, en concepto de daños y perjuicios la suma de $5,500.00, luego de formular las siguientes

"Determinaciones de Hecho

Que el día 1 de enero de 1960 el demandado Carmelo Fonseca era policía estatal prestando servicios como tal, dentro del término municipal de la ciudad de San Juan, Puerto Rico.

[P716] Que ese mismo día entre 12:30 a 1:00 de la madrugada se dirigían a su casa la menor demandante María del Carmen Hernández Cerich acompañada de su hermana y su prima por la calle de la Tanca, acera izquierda, y cuando ya habían pasado la calle de la Luna se le aproximó a ellos corriendo un muchacho que huía por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
7 temas prácticos
7 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR