Buena fe

AutorRuth E. Ortega Vélez
Páginas101-103

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Principios Generales del Derecho. La buena fe es un principio general del derecho que permea todo el ordenamiento jurídico. Es un concepto abstracto que describe el estado mental de una persona que tiene propósitos honestos, no tiene intención de defraudar y es leal a sus obligaciones o responsabilidades.

En Velilla v. Pueblo Supermercado, 1981,111 D.P.R. 585, el Tribunal Supremo dictaminó que "el requisito de buena fe es también exigencia general de nuestro derecho y que como tal se extiende a la totalidad de nuestro ordenamiento jurídico. El contenido de eticidad de cada acto deberá examinarse a la luz de sus circunstancias particulares, pero el comportamiento conforme a la buena fe es precepto general que abarca toda actividad jurídica. De este concepto general arrancan diversas doctrinas, tales como la de los actos propios, la del abuso del derecho y la del fraude de la ley. Todas ellas se inspiran en el loable propósito de inyectarle contenido ético al orden jurídico".

La ley exige de los contratantes el respeto mutuo de la buena fe, tanto al momento de la formación del vínculo, durante el desarrollo de la relación y en la ejecución de la obligación. A tenor del Art. 1210, "los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no solo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que según su naturaleza sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley". Buena fe es la conducta que revela la posición moral de una persona respecto a una situación jurídica; es la moralización de las relaciones económicas.

El orden económico -Diez-Picazo (pág. 45)- debe estar informado de acuerdo con los postulados del principio general de la buena fe. La buena fe consiste en la lealtad en los tratos y en la fidelidad a la palabra dada. Significa que los derechos subjetivos de naturaleza económica tienen que ser ejercitados de conformidad con la buena fe y que las obligaciones también deben ser cumplidas de buena fe. La buena fe es, por tanto, el clima o el ambiente dentro

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del cual debe desarrollarse la relación patrimonial.

En resumen, la frase "buena fe", como norma interpretativa, significa confianza, seguridad y honorabilidad basada en ella. La palabra "fe", fidelidad, quiere decir que una de las partes se entrega confiadamente a la conducta "leal" de la otra. La actuación contraria a los propios actos del titular es uno de los supuestos típicos del ejercicio de...

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