Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Septiembre de 2007, número de resolución KLRA200700642

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA200700642
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2007

LEXTA20070917-08 Andujar

Rivera v. Departamento de Transportación y Obras Públicas

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

MITCHELL ANDUJAR RIVERA
Recurrente
v.
DEPARTAMENTO DE TRANSPORTACIÓN Y OBRAS PÚBLICAS
Recurrido
KLRA200700642
Revisión procedente del Departamento de Transportación y Obras Públicas Licencia 4401261

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Rodríguez de Oronoz, el Juez Ramírez Nazario y el Juez Piñero González.

Piñero

González, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a _17_ de septiembre de 2007.

Mediante Recurso de Revisión presentado ante este Tribunal, el 14 de junio de 2007, Mitchell Andújar Rivera (en adelante el recurrente), recurrió de una Resolución emitida el 6 de febrero de 2007, por el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP). En la referida Resolución, el DTOP le suspendió al recurrente su Certificado de Licencia de Conducir (Lic.

Núm. 4401261), por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días.

Por su parte, el DTOP compareció ante nos mediante Moción Informativa de 10 de septiembre de 2007, y aneja copia de una comunicación fechada 24 de agosto de 2007, en la que informa al recurrente que dejó sin efecto la determinación de suspensión de su Certificado Licencia de Conducir y lo autoriza a continuar manejando.

La Regla 83(B) de nuestro Reglamento provee para la desestimación de un recurso cuando este se ha tornado académico. Un caso se torna académico cuando en el transcurso del tiempo por cambios en los hechos o en el derecho durante el trámite del litigio, el mismo pierde su carácter adversativo

y el remedio que pudiese concederse no tendrá efectos prácticos. Angueira v. J.L.B.P., 150 D.P.R. 10 (2000); Misión Ind. P.R. v. J.P., 146 D.P.R. 64 (1998); E.L.A. v. Aguayo, 80 D.P.R. 554 (1958). Esta norma persigue evitar el uso innecesario de recursos judiciales y evitar pronunciamientos o precedentes innecesarios. Comisión Estatal de Elecciones v. Departamento de Estado, 134 D.P.R. 927 (1993). Si la decisión emitida no tendrá efectos prácticos sobre la controversia existente, el tribunal...

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