Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2015, número de resolución KLRA20150604

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA20150604
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Junio de 2015

LEXTA20150630-0309-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE ARECIBO,� AIBONITO Y FAJARDO

PANEL XI

BETTERECYCLING CORPORATION
RECURRENTE
V.
MUNICIPIO DE OROCOVIS
RECURRIDA
R & F ASPHALT UNLIMITED INC.
LICITADOR AGRACIADO
KLRA20150604
REVISION ADMINISTRATIVA procedente de la Justa de Subasta

Panel integrado por su presidente, el Juez Gonz�lez Vargas, la Juez Cintr�n Cintr�n y la Juez Vicenty Nazario.

Gonz�lez Vargas, Juez Ponente.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015.

����������� En el recurso de autos, la Junta de Subastas del municipio de Orocovis adjudic� la buena pro de una subasta a dos licitadores: R&F Asphalt Unlimited (R&F) y Bettterecycling Corporation. Insatisfecho, Betterecycling acudi� ante este Tribunal y plante� dos errores: (1) que la Junta no fundament� la adjudicaci�n, como tampoco tom� en cuenta el factor distancia de la planta; y, (2) que R&F era inelegible como licitador debido a que al momento estaba inmerso en un proceso de descalificaci�n del Registro �nico de Licitadores del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Debido a que R&F incumpli�

con uno de los requisitos que le impone la Ley 458 de 29 de diciembre de 2000, seg�n enmendada, ordenamos su descalificaci�n.

I

����������� El 9 de mayo de 2015, el municipio de Orocovis public� un aviso de subasta para seis tipos de servicios.

El servicio en controversia es el de Suministro de hormig�n asf�ltico y los licitadores para este servicio fueron dos: Betterecycling y R&F. Sus propuestas eran las siguientes:

Partida
Descripci�n
Betterecycling
precio unitario
R&F
precio unitario
1
Asfalto (recogido en la planta de la asfaltera)
$77.00
$71.95
2
Asfalto Reciclado (recogido en la planta de la asfaltera) Bolsa
$77.00
$71.95
3
Asfalto (recogido en la planta de la asfaltera) Bolsa
$13.00
No Bid
4
Asfalto Reciclado (recogido en la planta de la asfaltera) Bolsa
No Bid
No Bid
5
Primmer (recogido en la planta de la asfaltera)
$3.75
$5.00
6
Primmer (recogido en la planta de la asfaltera) DRON
$200.00
$275.00

����������� El 29 de mayo de 2015, notificada el 2 de junio de 2015, la Junta de Subastas del municipio de Orocovis avis� que adjudicaba la subasta a favor de los dos licitadores antes mencionados. La raz�n para la adjudicaci�n a ambos licitadores fue que hab�an sido ��responsivos a los requerimientos de los Pliegos de Subastas y sometieron todos los documentos esenciales requeridos. �Los precios ofrecidos son razonables. Adem�s, poseen experiencia previa satisfactoria. Cuenta con vasta experiencia brindando sus servicios.� Asimismo, la Junta de Subasta detall� que adjudicaba la subasta a los dos licitadores �para asegurar el continuo abastecimiento.�

����������� Inconforme, el 11 de junio de 2015, Betterecycling Corporation interpuso el recurso de revisi�n judicial que nos ocupa y le imput� los mencionados errores a la Junta. El mismo 11 de junio, la compa��a recurrente tambi�n present� una solicitud de auxilio ante este Tribunal solicitando la paralizaci�n de todo tr�mite tendente a la formalizaci�n del contrato de la subasta en cuesti�n. En atenci�n a ello, emitimos una resoluci�n en la que le concedimos a R&F un t�rmino para que se expresara en cuanto al recurso, espec�ficamente sobre el requisito indispensable de someter una declaraci�n jurada ante la Junta de Subastas, conforme la Ley 458-2000, asunto que se alegaba por la recurrente que hab�a sido incumplido por la recurrida. Adem�s, le ordenamos que se expresara respecto a (1) la suspensi�n indefinida como licitador que pend�a en su contra en la esfera federal, seg�n expuesta por el recurrente en su alegato, (2) sobre la intenci�n de suspensi�n del Registro �nico de Licitadores ante la Administraci�n de Servicios Generales de Puerto Rico y (3) en cuanto al efecto que estos procedimientos tienen sobre su capacidad para comparecer como licitador y obtener la buena pro de la presente subasta. En cumplimiento, el 22 de junio de 2015, R&F someti� su escrito.1

II

El procedimiento de subasta p�blica est� revestido del m�s alto inter�s p�blico en aras de promover la inversi�n adecuada, responsable y eficiente de los recursos econ�micos del Estado. Aut. Carreteras v. CD Builders, Inc., 177 D.P.R. 398, 404 (2009); A.E.E.

v. Maxon, 163 D.P.R. 434, 440 (2004). Como la adjudicaci�n de las subastas gubernamentales conlleva el desembolso de fondos del erario, �la consideraci�n primordial al momento de determinar qui�n debe resultar favorecido en el proceso de adjudicaci�n de subastas debe ser el inter�s p�blico en proteger los fondos del pueblo de Puerto Rico.� Cordero V�lez v. Municipio de Gu�nica, 170 D.P.R. 237, 245 (2007). El esquema de las subastas asegura la competencia equitativa entre los licitadores a la vez que evita la corrupci�n y minimiza los riesgos de incumplimiento. Aut. Carreteras v. CD Builders, Inc., supra, p�g. 404; v�ase, tambi�n, Justiniano v. E.L.A., 100 D.P.R. 334, 338 (1971). En materia de adjudicaci�n de subastas el Tribunal Supremo ha se�alado:

La buena administraci�n de un gobierno es una virtud de democracia, y parte de una buena administraci�n implica llevar a cabo sus funciones como comprador con eficiencia, honestidad y correcci�n para proteger los intereses y dineros del pueblo al cual dicho gobierno representa. Mar-Mol Co., Inc. v. Adm.

Servicios Gens., 126 D.P.R. 864, 871 (1990).

A...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR