Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Septiembre de 2015, número de resolución KLRA20150858

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA20150858
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2015

LEXTA20150929-035-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

TRANS AMERICAN POWER PRODUCTS, INC.
Recurrente
VS.
AUTORIDAD DE ENERG�A EL�CTRICA
Recurrido
Valmont Industries c/o Pablo S. Abad, LLC
Licitador Agraciado
KLRA20150858
REVISI�N procedente de la Autoridad de Energ�a El�ctrica Adjudicaci�n de Subasta P�blica N�m. 50343 (Req. #473-471-15)

Panel integrado por su presidenta, la Juez Garc�a Garc�a, el Juez Hern�ndez S�nchez y la Jueza Soroeta Kodesh.

Hern�ndez S�nchez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a �29 de septiembre de 2015.

El 11 de agosto de 2015 Trans American Power Products, Inc., (la recurrente) compareci� ante nos mediante recurso de revisi�n judicial respecto a la adjudicaci�n de la Subasta 50343 (Subasta) emitida por la Autoridad de Energ�a El�ctrica (AEE). La Subasta fue adjudicada a otro licitador, Valmont Industries c/o Pablo Abad, LLC (Valmont).

Al tenor del marco jur�dico que m�s adelante esbozamos, confirmamos la decisi�n de la AEE.

I

La AEE public� en su p�gina cibern�tica una invitaci�n a la Subasta en la que fueron invitados cinco licitadores, para la compra y entrega de treinta (30) postes de acero galvanizado tipo S8 de 85 pies de largo de acuerdo al dise�o requerido y correspondientes planos entregados por la AEE en las especificaciones t�cnicas publicadas. Finalmente, el 8 de junio de 2015 se celebr� la apertura de la Subasta en la cual s�lo participaron cinco licitadores para la apertura y s�lo cuatro sometieron cotizaciones.

As� las cosas, el 13 de julio de 2015 la AEE notific� la adjudicaci�n de la subasta al postor m�s bajo evaluado que cumpl�a con las especificaciones requeridas por la AEE, Valmont.

El 22 de julio de 2015, la recurrente present� una Reconsideraci�n ante la Secretar�a de Procedimientos Administrativos de la AEE, para que se le otorgara �la buena pro a Trans American Power Products, como postor m�s bajo evaluado que cumple con todos los t�rminos y condiciones expuestos dentro de la Subasta y no toma excepci�n alguna dentro de la misma�. 1

El 28 de julio de 2015, Valmont present� una R�plica Moci�n Sometida por Transamerica Power Products, Inc.

Luego, la recurrente present� una Contestaci�n �R�plica Moci�n Sometida por Valmont Industries�.

Por su parte, el foro administrativo no tom� acci�n en relaci�n al tr�mite de la reconsideraci�n por lo que se entendi� rechazada de plano.

Inconforme con la determinaci�n de la AEE, el 11 de agosto de 2015 la recurrente present� una Solicitud de Revisi�n Judicial de Adjudicaci�n de Subasta, objeto de esta revisi�n. Se�al� la comisi�n de dos errores:

�Primer error: Err� el Comit� Evaluador de Subasta de la Autoridad de Energ�a El�ctrica al descalificar a Trans American Power Products, Inc. por un boceto preliminar.

Segundo error: Err� el Comit� Evaluador de Subasta de la AEE al conceder la subasta a Valmont Industries cuando su propuesta tiene desviaci�n sustancial y es en contra del reglamento�.

El 14 de septiembre de 2015, la AEE present� un Alegato en Oposici�n a Solicitud de Revisi�n Administrativa. �

Seg�n intimado, resolvemos a la luz de los siguientes fundamentos de Derecho.

II

-A-

Los procesos de subasta est�n revestidos del m�s alto inter�s p�blico. Los tribunales tenemos el deber de asegurar que las instrumentalidades p�blicas al efectuar sus gestiones de compra y contrataci�n, cumplan con la ley, con sus propios procedimientos y que traten de forma justa a los licitadores. De este modo estamos seguros de que los dineros del pueblo son utilizados en beneficio del inter�s p�blico. No debemos perder de perspectiva que el Gobierno es el comprador y contratante m�s grande del pa�s. La adecuada fiscalizaci�n del uso de los dineros del erario resulta de vital importancia para mantener la confianza del ciudadano en el Gobierno y una democracia saludable. Costa Azul v. Comisi�n 170 DPR 847, 854 (2007); RBR Const. SE v. AC, supra, p�g. 856.

El objetivo principal de toda subasta p�blica es que exista competencia en las proposiciones de manera que el Estado consiga que la obra se realice al precio m�s bajo posible. Adem�s, al requerirse que la subasta y el contrato� se adjudiquen al postor m�s bajo, se evita que haya favoritismo, corrupci�n, extravagancias y descuido al otorgarse los contratos. A.E.E. v. Maxon, 163 DPR 434, 439 (2004). Los prop�sitos principales de la legislaci�n que regula la realizaci�n de obras y la contrataci�n de servicios para el Gobierno y los sistemas de subastas gubernamentales son precisamente: (1) proteger los intereses y dinero del pueblo al promover la competencia para lograr los precios m�s bajos posibles; (2) evitar el favoritismo, la corrupci�n el dispendio, la prevaricaci�n, la extravagancia y el descuido al otorgarse los contratos; y (3) minimizar los riesgos del incumplimiento. Aluma Const. v.

A.A.A., 182 DPR 776, 782-783 (2011); Empresas Toledo v. Junta, 168 DPR 771, 778-779 (2006); A.E.E. v. Maxon, supra, p�gs. 438-439; Justiniano v. E.L.A., 100 DPR 334, 338 (1971).

No obstante, el gobierno posee gran discreci�n en los procedimientos de subastas. Las agencias pueden adjudicar la subasta al postor que consideren m�s apropiado, aun cuando no sea el m�s bajo, si con ello se sirve al inter�s p�blico. No existe una regla inflexible en el sentido de que la subasta se debe adjudicar al postor m�s bajo. Cuando se trata de la adquisici�n de...

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