Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Febrero de 2018, número de resolución KLRA201800056
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201800056 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 28 de Febrero de 2018 |
INTERAMERICAN IMPORTS, INC. Recurrente v. DEPARTAMENTO DEL TRABAJO y RECURSOS HUMANOS de PUERTO RICO Recurrido | | REVISIÓN procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos A1-AUD-BN-0271-17 |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Cintrón Cintrón y la Juez Rivera Marchand.
Cintrón Cintrón, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 28 de febrero de 2018.
Interamerican Imports Inc. compareció ante nos en recurso de revisión judicial para que declaremos nula la notificación de la resolución que el Negociado de Normas de Trabajo del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos emitió el 7 de diciembre de 2017 y, a su vez, revoquemos la misma. Mediante la decisión impugnada, la agencia le denegó la exención del pago del bono de navidad por no incluir el sello original del Colegio de CPA.
Ahora bien, ante el planteamiento jurisdiccional levantado, hemos de disponer del mismo con prelación y preferencia conforme lo requiere nuestro ordenamiento. Pérez Soto v. Cantera Pérez, Inc. et al., 188 D.P.R. 98, 105 (2013); García v. Hormigonera Mayagüezana, 172 D.P.R. 1, 7 (2007); A.A.A.
v. Unión Abo. A.A.A., 158 D.P.R. 273, 279 (2002); Sánchez et al. v. Srio. de Justicia et al., 157 D.P.R. 360, 369 (2002); Ponce Fed. Bank v. Chubb Life Ins.
Co., 155 D.P.R. 309, 332 (2001).
Es por todos conocido que la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico[1] (LPAU) fue creada con el propósito de uniformar los procedimientos administrativos ante las agencias. Por tal razón, esta ley desplaza y tiene preeminencia sobre toda disposición legal relativa a una agencia, particularmente cuando esta sea contraria a sus postulados. Vitas Health Care v. Hospicio La Fe et al., 190 D.P.R. 56, 66 (2014); Hernández v. Golden Tower Dev. Corp., 125 D.P.R. 744, 748 (1990). Consecuentemente, desde la aprobación del procedimiento administrativo uniforme provisto por la LPAU, los entes administrativos están precisados a conducir sus procedimientos de reglamentación, adjudicación y concesión de licencias y permisos de conformidad con los preceptos de esta ley. Perfect Cleaning v. Cardiovascular, 162 D.P.R. 745, 757 (2004). En vista de ello, las agencias que no estén excluidas de su aplicación carecen de autoridad para adoptar reglamentación que imponga requisitos adicionales o distintos a los que impone la LPAU. Esto incluye los asuntos relacionados con la revisión judicial. Por consiguiente, cualquier imposición adicional será nula si incumple sustancialmente con la LPAU. Vitas Health Care v. Hospicio La Fe et al., supra.
Ante este cuadro normativo, los tribunales, al evaluar la validez de una reglamentación de una agencia, debemos analizar los siguientes aspectos: (1) si la actuación administrativa está autorizada por ley; (2) si se delegó poder de reglamentación; (3) si la reglamentación...
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