Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 8 de Febrero de 1990 - 125 D.P.R. 432

EmisorTribunal Supremo
DPR125 D.P.R. 432
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 1990

125 D.P.R. 432 (1990) SÁNCHEZ ACEVEDO V. E.L.A.

VICTOR SANCHEZ ACEVEDO y OTROS, demandantes

v.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO y OTROS, demandados, y LIC. MARIA SANTANA

DE CUEVAS, peticionaria.

Número: CE-87-420

Resuelto: 8 de febrero de 1990

En El Tribunal Supremo De Puerto Rico.
  1. ABOGADO Y CLIENTE--DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL ABOGADO PARA CON EL CLIENTE--RELACION ABOGADO Y CLIENTE--EN GENERAL.

    Todo ciudadano está en libertad de encomendar a un abogado una gestión profesional y, de estimarlo conveniente, retirarle la misma.

  2. CORTES--NATURALEZA, EXTENSION Y EJERCICIO DE LA JURISDICCION--EN GENERAL--

    MISION JUDICIAL.

    La protección y búsqueda de justicia en los tribunales no puede estar sujeta ni detenerse por el fundamento de no haberse satisfecho los honorarios pactados.

  3. ABOGADO Y CLIENTE--COMPENSACION Y DERECHO DE RETENCION DEL ABOGADO-- HONORARIOS U OTRA REMUNERACION--ACCIONES EN COBRO DE HONORARIOS O DEL IMPORTE DE SERVICIOS PRESTADOS--EN GENERAL.

    El crédito por servicios profesionales prestados por un abogado no goza de preferencia conforme al Art.

    1825 del Código Civil, 31 L.P.R.A. sec. 5195, y como tal está sujeto a los vaivenes del patrimonio del deudor.

  4. REGLAS DE PROCEDIMIENTO CIVIL--SENTENCIAS--SENTENCIAS Y COSTAS-- COSTAS--

    IMPOSICION--TEMERIDAD.

    Los honorarios de abogado que concede el tribunal son distintos a los pactados entre el abogado y su cliente, y sólo proceden cuando una parte ha incurrido en temeridad. Regla 44.1(d) de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. III. Su concesión no es mandatoria y no pertenecen al abogado.

  5. ID.--ID.--ID.--ID.--ID.--ID.

    Los honorarios por temeridad no se conceden para compensar al abogado por la labor realizada. Su cuantificación está relacionada con: (1) el grado de temeridad que ha existido; (2) la naturaleza del procedimiento; (3) los esfuerzos y la actividad profesional que hayan tenido que desplegarse, y (4) la habilidad y reputación de los abogados.

  6. ABOGADO Y CLIENTE--COMPENSACION Y DERECHO DE RETENCION DEL ABOGADO-- HONORARIOS U OTRA REMUNERACION--CONTRATO SOBRE PAGO DE HONORARIOS.

    Los honorarios de abogado pactados se rigen por el Canon 24 del Código de Ética Profesional, 4 L.P.R.A. Ap.

    IX, y constituyen un contrato de arrendamiento de servicios entre el abogado y su cliente. Su cumplimiento puede ser exigido ante los tribunales en acción independiente del caso que le dio origen.

  7. ID.--ID.--ID.--ID.--HONORARIOS CONTINGENTES.

    El pacto de honorarios contingentes no está reñido con la ética profesional.

  8. ID.--ID.--ID.--ID.--ID.

    Bajo circunstancias apropiadas, cuando en un mismo caso intervienen dos (2) o más abogados el tribunal, al determinar a quién pertenecen o cómo se dividirán los honorarios contingentes, podrá tomar en consideración el valor de la labor realizada por cada uno de los abogados.

  9. ID.--ID.--ID.--ID.--ID.

    Cuando un abogado comparece al tribunal para reclamar su interés en la gestión profesional del abogado de una parte, la controversia no tiene nada que ver con el pleito principal y debe ser objeto de consideración o acción independiente. Las partes tienen derecho a una solución justa, rápida y económica del caso, lo que se ve frustado cuando se litigan dentro del pleito principal asuntos entre abogados que deben ser objeto de una acción independiente.

    PETICION DE CERTIORARI para revisar una RESOLUCION de Delia Lugo Bougal, J. (Ponce), que resuelve que la Lic. María Santana de Cuevas continuará como abogada de la parte demandante en un pleito por daños y perjuicios. Se expide el auto, se revoca la resolución recurrida y se devuelve el caso al tribunal de instancia para que, de aún interesarlo la parte demandante, se acepte la renuncia de representación profesional de la Lic. María Santana de Cuevas y se conceda a la parte demandante un término razonable para obtener nueva representación legal.

    Jorge Vélez Nieves, abogado de la peticionaria; Angel L. Cintrón Carrasquillo, abogado de Juan A. Hernández Rivera, recurrido, y este último, a su vez, abogado de los demandantes.

    LA JUEZ ASOCIADA SEÑORA NAVEIRA DE RODON EMITIÓ LA OPINIÓN DEL TRIBUNAL.

    Los incidentes que originan la controversia ante nos tienen su génesis en una disputa entre el Lic. Juan A. Hernández Rivera y la Lic. María Santana de Cuevas, relacionada con los honorarios de abogado generados en casos donde la licenciada Santana de Cuevas comparecía como abogada de récord y el licenciado Hernández Rivera reclamaba que le correspondían tales honorarios. 1

    I Los hechos

    El 8 de noviembre de 1983 el Sr. Víctor Sánchez Acevedo, representado por la Lic. María Santana de Cuevas, presentó en el Tribunal Superior, Sala de Ponce, demanda para reclamar trescientos mil dólares ($300,000) en daños y perjuicios por impericia médica.2

    Luego de una serie de trámites procesales, la licenciada Santana de Cuevas presentó una moción al amparo de la Regla 22 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. III, en la cual informó al tribunal que el demandante había fallecido el 6 de enero de 1984 y solicitó la sustitución por su sucesión compuesta por los hijos y la viuda. El 31...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
83 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 4 de Octubre de 2021, número de resolución KLAN202000380
    • Puerto Rico
    • 4 Octubre 2021
    ...al pago de los honorarios reales de abogado ni a los pactos contingentes entre el abogado y su cliente. Sánchez Acevedo v. E.L.A., 125 DPR 432, 438-439 (1990). Se entiende que los honorarios de abogado son parte de la sentencia a favor del litigante victorioso y no se conceden para compensa......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Febrero de 2003
    • Puerto Rico
    • 11 Febrero 2003
    ...v. Soler Vargas, 135 D.P.R. 779, 785 (1994); Villanueva v. Hernández Class, 128 D.P.R. 618, 636 (1991); Sánchez Acevedo v. E.L.A., 125 D.P.R. 432, 438 (1990); In re: Santos Vías, 122 D.P.R. 881, 887 (1988); Negrón Rivera y Bonilla, Ex parte, 120 D.P.R. 61, 73 (1987); Neptune Packing Corp. v......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Junio de 2005, número de resolución KLAN0401066
    • Puerto Rico
    • 13 Junio 2005
    ...de arrendamiento de servicios profesionales. Art. 1473 del Código Civil de Puerto Rico, 31 L.P.R.A. §4111; Sánchez Acevedo v. E.L.A. 125 D.P.R. 432, 439 (1990); Ramírez Segal & Látimer v. Rojo Rigual 123 D.P.R. 161, 172 (1989); Nassar Rizek v. Hernández, 123 D.P.R. 360, 361 (1989). Este......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 15 de Septiembre de 1992 - 131 DPR 545
    • Puerto Rico
    • 15 Septiembre 1992
    ...ante; Colón v. All Amer. Life & Cas. Co., ante; Nassar Rizek v. Hernández, ante; Rodríguez v. Ward, ante; Sánchez Acevedo v. E.L.A., 125 D.P.R. 432 A tales efectos, expresamos en Nassar Rizek v. Hernández, ante, pág. 373, que "[l]o expuesto tiene como contraparte el derecho del abogado ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
83 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 4 de Octubre de 2021, número de resolución KLAN202000380
    • Puerto Rico
    • 4 Octubre 2021
    ...al pago de los honorarios reales de abogado ni a los pactos contingentes entre el abogado y su cliente. Sánchez Acevedo v. E.L.A., 125 DPR 432, 438-439 (1990). Se entiende que los honorarios de abogado son parte de la sentencia a favor del litigante victorioso y no se conceden para compensa......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Febrero de 2003
    • Puerto Rico
    • 11 Febrero 2003
    ...v. Soler Vargas, 135 D.P.R. 779, 785 (1994); Villanueva v. Hernández Class, 128 D.P.R. 618, 636 (1991); Sánchez Acevedo v. E.L.A., 125 D.P.R. 432, 438 (1990); In re: Santos Vías, 122 D.P.R. 881, 887 (1988); Negrón Rivera y Bonilla, Ex parte, 120 D.P.R. 61, 73 (1987); Neptune Packing Corp. v......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Junio de 2005, número de resolución KLAN0401066
    • Puerto Rico
    • 13 Junio 2005
    ...de arrendamiento de servicios profesionales. Art. 1473 del Código Civil de Puerto Rico, 31 L.P.R.A. §4111; Sánchez Acevedo v. E.L.A. 125 D.P.R. 432, 439 (1990); Ramírez Segal & Látimer v. Rojo Rigual 123 D.P.R. 161, 172 (1989); Nassar Rizek v. Hernández, 123 D.P.R. 360, 361 (1989). Este......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 15 de Septiembre de 1992 - 131 DPR 545
    • Puerto Rico
    • 15 Septiembre 1992
    ...ante; Colón v. All Amer. Life & Cas. Co., ante; Nassar Rizek v. Hernández, ante; Rodríguez v. Ward, ante; Sánchez Acevedo v. E.L.A., 125 D.P.R. 432 A tales efectos, expresamos en Nassar Rizek v. Hernández, ante, pág. 373, que "[l]o expuesto tiene como contraparte el derecho del abogado ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR