Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 6 de Octubre de 2014 - 191 DPR ____

EmisorTribunal Supremo
Número del casoAD-2014-2
DTS2014 DTS 116
TSPR2014 TSPR 116
DPR191 DPR ____
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2014

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: Hon. Manuel Acevedo Hernández

2014 TSPR 116

191 DPR ____

191 D.P.R. ____ (2014)

2014 DTS 116 (2014)

2014 JTS ___ (2014)

Número del Caso: AD-2014-2

Fecha: 6 de octubre de 2014

Abogados del Querellado: Lcdo. Joseph c. Law del Valle

Lcda. Melanie M. Matos Cardona

Oficina de Administración de los Tribunales

Oficina de Asuntos Legales: Lcda. Cristina Guerra Cáceres

Lcdo. Eric J. Salas López

Lcda. Rosas M. Cruz Niemiec

Conducta Profesional, se ordena la suspensión inmediata del salario del Juez Acevedo Hernández hasta que concluya el procedimiento disciplinario. Resolución del Tribunal con Votos Particulares de Conformidad.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 6 de octubre de 2014.

El pasado 14 de abril de 2014 los medios de comunicación del País difundieron la noticia sobre el diligenciamiento por las autoridades federales de una orden de allanamiento en la residencia del Juez Manuel Acevedo Hernández.

Esos eventos afectaron directa y adversamente la confianza del Pueblo depositada en los jueces y juezas de nuestra Judicatura. Por ello, ese mismo día la Jueza Presidenta señora Fiol Matta, ordenó el inicio de una investigación al amparo de las normas dispuestas en las Reglas de Disciplina Judicial. 4 LPRA Ap. XV-B, R. 5(c). Además, ante aquella situación extraordinaria ordenó la suspensión provisional e inmediata con paga de las funciones judiciales y administrativas que desempeñaba el Juez Acevedo Hernández mientras se realizaba la investigación según la Ley de la Judicatura.

4 LPRA sec. 25(o).

El viernes 26 de septiembre de 2014, la Comisión de Disciplina Judicial del Tribunal Supremo de Puerto Rico notificó su determinación de causa probable para autorizar la radicación de una querella contra el Juez Acevedo Hernández por la posible violación de múltiples Cánones de Ética Judicial, 4 LPRA Ap. IV-B, así como la posible violación del Código de Ética Profesional, 4 LPRA Ap. IX, por hechos relacionados a la acusación del Gran Jurado federal por los delitos de conspiración y soborno. Además, la Comisión recomendó la suspensión inmediata de salario al Juez Acevedo Hernández hasta la disposición final de la querella.

La determinación del Gran Jurado federal y las violaciones éticas imputadas en este caso constituyen hechos extraordinarios que chocan con la política pública de la Rama Judicial de Puerto Rico de rechazar y evitar...

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