Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 41 D.P.R. 286
Emisor | Tribunal Supremo |
DPR | 41 D.P.R. 286 |
No.: 5347, Sometido: Junio 9, 1930, Resuelto: Junio 27, 1930.
Moción sobre desestimación de apelación. Sin lugar.
-
Marín, abogado de la apelante; Manuel F. Rossy, abogado de los apelados.
El Juez Asociado Señor Wolf, emitió la opinión del tribunal.
De acuerdo con el artículo 192 del Código de Enjuiciamiento Civil cuando un
demandante desiste de un caso y conviene en pagar las costas, no consiente
en pagar los honorarios de abogado, y si la corte le impone las costas sin
excluir tales honorarios, o en otras palabras, si no limita las costas a las
que se originen en la secretaría, tal demandante tiene derecho a apelar de
la sentencia fijando las costas en esta forma ilimitada. Tal vez sería
necesario que el demandante hiciera una moción solicitando la limitación de
las costas.
Vicente León v. Malavé, 39 D.P.R. 376. Se trata, sin embargo,
de una moción para desestimar la apelación en vista de que la sentencia ha
sido consentida y ahora estamos resolviendo meramente que el consentimiento
no se extiende a la imposición general de costas, incluyendo honorarios de
abogado, toda vez que ésa no fué la idea fundamental del artículo 192.
Según indica el apelante, en la moción de desestimación no se sugiere que la
apelación sea considerada frívola.
En el escrito de apelación se decía que se apelaba de la sentencia en tanto
en cuanto imponía las costas. El artículo 296 del Código de Enjuiciamiento
Civil provee:
Una apelación se interpone entregando al secretario de la corte en que fué
dictada o registrada la sentencia o providencia apelada, un escrito
manifestando que se apela de ella, o de determinada parte de la misma, y
presentando idéntica manifestación a la parte contraria o a su abogado.
De conformidad con ese artículo el apelante tiene derecho a apelar del
pronunciamiento de costas.
Además, aparentemente el apelado sostiene que la apelación es demasiado
tardía. Se presentó un memorándum de costas en la corte inferior. El
apelante impugnó
el memorándum por el fundamento...
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...52 D.P.R. 912, se dijo: "Además, se trata de una sentencia por desistimiento y esta corte en el caso de Sucesión Ramos Latour v. Rivera, 41 D.P.R. 286, 287, "'De acuerdo con el artículo 192 del Código de Enjuiciamiento Civil cuando un demandante desiste de un caso y conviene en pagar las co......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 4 de Diciembre de 1936 - 052 D.P.R. 912
...de reconsideración. Además, se trata de una sentencia por desistimiento y esta corte en el caso de Sucesión Ramos Latour v. Rivera, 41 D.P.R. 286, 287, "De acuerdo con el artículo 192 del Código de Enjuiciamiento Civil cuando un demandante desiste de un caso y conviene en pagar las costas, ......
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Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 43 D.P.R. 967
...interpuso contra la sentencia que lo condenó a pagar costas al tenerlo por desistido de su pleito; Sucn. Ramos Latour v. Rivera, 41 D.P.R. 286. En él dijimos cuando un demandante desiste de un caso y conviene en pagar las costas no consiente en pagar los honorarios de abogado; y que si la c......
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