Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 8 de Abril de 1952 - 73 D.P.R. 326

EmisorTribunal Supremo
DPR73 D.P.R. 326
Fecha de Resolución 8 de Abril de 1952

73 D.P.R. 326 (1952) PEREIRA V. COMMERCIAL TRANSPORT COMPANY

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Pedro Ángel Pereira, demandante y apelante

vs.

Commercial Transport Company, Inc., demandada y apelada

Núm. 10308

73 D.P.R. 326

8 de abril de 1952

Resolución de J. Villares Rodríguez, J. (Caguas), decretando la disolución del embargo trabado en el caso. Confirmada.

  1. Hipotecas de Bienes Muebles--Registros y Validez--Naturaleza y Requisitos del Traspaso de Bienes Muebles como Garantía--Error, Fraude o Dolo.--Hipotecas sobre bienes muebles otorgadas en garantías de pagarés negociables no tienen la presunción de ser fraudulentas porque en los pagarés se haga constar que se suscriben "por valor recibido", sin que se indique que lo fué en el acto de su otorgamiento.

  2. Letras y Pagarés--Requisitos y Validez--Validez--Legalidad de la Causa o Consideración.--En las hipotecas sobre bienes muebles otorgadas en garantía de pagarés negociables, el tenedor de éstos tiene a su favor la presunción legal de que son válidos y de que fueron otorgados por causa justa y onerosa.

  3. Id.--Acciones--De la Evidencia en General--Peso de la Prueba (Onus Probandi).--Hipotecados unos bienes muebles en garantía de pagarés negociables, aquél que alegue que los pagarés e hipotecas son simulados, fraudulentos y nulos, tiene el onus probandi.

  4. Id.--Requisitos y Validez--Validez--Legalidad de la Causa o Consideración.--En hipotecas otorgadas en garantía de pagarés negociables, la presunción legal que éstos tienen de ser válidos y de que fueron otorgados por causa onerosa prevalece sobre la presunción de que habla el artículo 1249 del Código Civil.

  5. Id.--Id.--Id.--En ausencia de prueba de que en efecto no medió entrega de precio o de que hubo causa onerosa para unos pagarés negociables garantizados mediante hipoteca, la presunción de validez que acompaña a tales pagarés como obligaciones principales hace buena también las obligaciones subsidiarias, esto es, las hipotecas.

  6. Embargos--Bienes Sujetos a Embargo--Propiedad Hipotecada en General--Bienes Muebles.--Es nulo el embargo trabado sobre bienes muebles sujetos a hipotecas otorgadas en garantía de pagarés negociables cuando no se consigna previamente en corte el importe de las obligaciones garantizadas hipotecariamente.

A. Figueroa Rivera, abogado del apelante.

A. Fernández Sánchez, abogado de la apelada.

OPINIÓN EMITIDA POR EL HON. JUEZ NEGRÓN FERNÁNDEZ

El 30 de enero de 1950 el tribunal inferior dictó resolución negándose a anular un embargo trabado sin fianza sobre bienes muebles de...

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