Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 22 de Abril de 1969 - 97 D.P.R. 208

EmisorTribunal Supremo
DPR97 D.P.R. 208
Fecha de Resolución22 de Abril de 1969

97 D.P.R. 208 (1969) COLÓN SANTIAGO V. COMISIÓN INDUSTRIAL

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

JUAN COLÓN SANTIAGO y CARMEN LÓPEZ VÁZQUEZ, ETC., recurrentes

vs.

COMISIÓN INDUSTRIAL DE PUERTO RICO, ETC., demandada

Núm. O-68-254

97 D.P.R. 208

22 de abril de 1969

RECURSO DE REVISIÓN contra RESOLUCIÓN de la Comisión Industrial de Puerto Rico. Confirmada la resolución recurrida.

  1. COMPENSACIONES A OBREROS--EMPLEADOS U OBREROS DENTRO DE LA LEY--CONTRATISTAS INDEPENDIENTES--EN GENERAL. Un patrono asegurado--en el caso de autos un contratista principal--que utilice los servicios de contratistas independientes no asegurados--en el caso de autos un subcontratista--está obligado a tener asegurados contra accidentes del trabajo a los empleados utilizados por dichos contratistas independientes y responde con su póliza de los accidentes que ocurran a dichos empleados en el curso del trabajo.

  2. ID.--ID.--ID.--ID. El propósito del Art. 19 de la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo es, no sólo evitar la evasión de la ley, sino proteger a los obreros y empleados de subcontratistas irresponsables y no asegurados, mediante la imposición de responsabilidad al contratista principal que, al seleccionar al subcontratista, puede exigirle protección adecuada contra accidentes del trabajo.

  3. PALABRAS Y FRASES. Patrono Estatutario y Patrono Contractual. --A los fines del Art. 19 de la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, se denomina a un contratista como el patrono estatutario para distinguirle del subcontratista, llamado el patrono contractual o real.

  4. COMPENSACIONES A OBREROS--EMPLEADOS U OBREROS DENTRO DE LA LEY--CONTRATISTAS INDEPENDIENTES--EN GENERAL. La responsabilidad impuesta a un contratista principal por las disposiciones del Art. 19 de la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo participa de una naturaleza subsidiaria, de forma que si su subcontratista está asegurado como patrono independiente, ningún riesgo asume aquél.

  5. ID.--ID.--ID.--ID. Un "patrono estatutario"en virtud del Art.

    19 de la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo--en el caso de autos un contratista principal--sólo responde de la compensación ordinaria que corresponde al empleado u obrero de un subcontratista no asegurado, respondiendo el "patrono contractual"--el subcontratista--del pago del resarcimiento de la compensación adicional cuando concurre la circunstancia de que el obrero es un menor empleado por el subcontratista en contravención a la ley.

    Antonio Fernández Rodríguez, abogado de los recurrentes.

    Ulpiano Falcón Matos, abogado de Capri Finishing.

    Sala Primera integrada por el Juez Asociado Señor Pérez Pimentel como Presidente de Sala y los Jueces Asociados Señores Blanco Lugo, Rigau y Ramírez Bages.

    OPINIÓN EMITIDA POR EL JUEZ BLANCO LUGO

    [1--4]

    El patrono asegurado que utilice los servicios de contratistas independientes no asegurados está obligado a tener asegurados contra accidentes del trabajo a los empleados utilizados por dichos contratistas independientes y responde con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
30 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 26 de Enero de 1999 - 147 DPR 383
    • Puerto Rico
    • 26 Enero 1999
    ...a los trabajadores de la compañía cuyos servicios contrataron siempre que ésta no lo haya hecho. Colón Santiago v. Comisión Industrial, 97 D.P.R. 208 (1969). Así, el Artículo 1911 de la ley "Todo patrono asegurado al dar cuenta con sus nóminas anuales deberá incluir en tales nóminas los sal......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Marzo de 2006, número de resolución KLAN200500236
    • Puerto Rico
    • 29 Marzo 2006
    ...a los trabajadores de cualquier compañía cuyos servicios contraten, siempre que ésta no lo haga. Colón Santiago v. Comisión Industrial, 97 D.P.R. 208, 209 (1996). Específicamente, el Art. 19 de la Ley de Compensaciones dispone Todo patrono asegurado al dar cuenta con sus nominas anuales deb......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Marzo de 2014, número de resolución KLAN201301428
    • Puerto Rico
    • 31 Marzo 2014
    ...que ésta no lo haya hecho. Martínez v. Bristol Myers, Inc. etc., supra, a las págs. 395–396; Colón Santiago v. Comisión Industrial, 97 D.P.R. 208 Nuestro Tribunal Supremo ha definido el término “patrono estatutario” de la siguiente manera: “La determinación de si un demandado es o no patron......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 21 de Marzo de 1990 - 126 D.P.R. 1
    • Puerto Rico
    • 21 Marzo 1990
    ...seleccionar al subcontratista, puede exigirle protección adecuada contra accidentes del trabajo". Colón Santiago v. Comisión Industrial, 97 D.P.R. 208, 209 (1969). Precisamente, en Colón Santiago v. Comisión Industrial, supra, pág. 210, utilizamos por primera vez el término "patrono estatut......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
28 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 26 de Enero de 1999 - 147 DPR 383
    • Puerto Rico
    • 26 Enero 1999
    ...a los trabajadores de la compañía cuyos servicios contrataron siempre que ésta no lo haya hecho. Colón Santiago v. Comisión Industrial, 97 D.P.R. 208 (1969). Así, el Artículo 1911 de la ley "Todo patrono asegurado al dar cuenta con sus nóminas anuales deberá incluir en tales nóminas los sal......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Marzo de 2006, número de resolución KLAN200500236
    • Puerto Rico
    • 29 Marzo 2006
    ...a los trabajadores de cualquier compañía cuyos servicios contraten, siempre que ésta no lo haga. Colón Santiago v. Comisión Industrial, 97 D.P.R. 208, 209 (1996). Específicamente, el Art. 19 de la Ley de Compensaciones dispone Todo patrono asegurado al dar cuenta con sus nominas anuales deb......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Marzo de 2014, número de resolución KLAN201301428
    • Puerto Rico
    • 31 Marzo 2014
    ...que ésta no lo haya hecho. Martínez v. Bristol Myers, Inc. etc., supra, a las págs. 395–396; Colón Santiago v. Comisión Industrial, 97 D.P.R. 208 Nuestro Tribunal Supremo ha definido el término “patrono estatutario” de la siguiente manera: “La determinación de si un demandado es o no patron......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 21 de Marzo de 1990 - 126 D.P.R. 1
    • Puerto Rico
    • 21 Marzo 1990
    ...seleccionar al subcontratista, puede exigirle protección adecuada contra accidentes del trabajo". Colón Santiago v. Comisión Industrial, 97 D.P.R. 208, 209 (1969). Precisamente, en Colón Santiago v. Comisión Industrial, supra, pág. 210, utilizamos por primera vez el término "patrono estatut......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
2 artículos doctrinales
  • LECCIÓN XIII. Acciones bajo leyes especiales
    • Puerto Rico
    • Lecciones-repaso: Derecho de Daños y Perjuicios
    • 7 Febrero 2018
    ...forma que si el subcontratista está asegurado como patrono independiente, ningún riesgo asume aquel. Colón v. Comisión Industrial, 1969, 97 D.P.R. 208. Un patrono estatutario gozará de la inmunidad que dispone la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo en dos situaciones: (1) si cu......
  • P. Pacto Comisorio-Puesto
    • Puerto Rico
    • Diccionario de términos y frases derecho puertorriqueño 2019
    • 28 Febrero 2019
    ...del Trabajo 26. PATRONO ESTATUTARIO: Contratista principal. Según expresa el Tribunal Supremo en Colón v. Comisión Industrial, 1969, 97 D.P.R. 208, bajo el Art. 19 de la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo, el patrono asegurado que utilice los servicios de contratistas independ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR