Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 22 de Febrero de 1984 - 115 D.P.R. 113

EmisorTribunal Supremo
DPR115 D.P.R. 113
Fecha de Resolución22 de Febrero de 1984

115 D.P.R. 113 (1984) PUEBLO V.

LEBRÓN MORALES

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

EL PUEBLO DE PUERTO RICO, apelado

vs.

PEDRO LEBRÓN MORALES, acusado y apelante

Núm. CR-83-31

115 D.P.R. 113

22 de febrero de 1984

SENTENCIA de Charles E. Figueroa Álvarez, J. (Carolina), que condena al acusado por infracción a la Ley de Sustancias Controladas. Revocada.

Jorge Arroyo Fernández, abogado del apelante.

Miguel Pagán, Subprocurador General, y Lourdes del C. Rodríguez, Procuradora General Auxiliar, abogados de El Pueblo.

SENTENCIA

El apelante Pedro Lebrón Morales fue acusado de posesión con la intención de distribuir ilegalmente heroína en común y de mutuo acuerdo con José A. Silva Claudio. Por tribunal de Derecho, fue convicto y sentenciado a 15 años en cada uno de los dos cargos a ser cumplidos concurrentemente.

Apunta para sostener su apelación, que la prueba fue [P114] insuficiente, que no se estableció más allá de duda razonable la comisión de un acto delictivo.

Lebrón Morales conoció a José A.

Silva Claudio dos semanas antes de los hechos delictivos en un bar en el pueblo de Vega Alta y había compartido con él en varias jugadas de billar. Hacía un mes que había llegado de Chicago donde vivía desde el 1967. Se quedaba en Yabucoa, pero iba a ver una amiga a Vega Alta de nombre Zenaida de quien no recordaba el apellido. Mientras jugaban billar, Silva Claudio le informó que ese día se disponía a viajar a Nueva York y que iba a obtener el boleto correspondiente. El apelante le pidió que obtuviera otro para él y que se lo pagaría en la tarde. Silva Claudio así lo hizo y Lebrón Morales le pagó $91 por el boleto.

La testigo Ediltrudis Romero Rodríguez, oficial del Departamento de Agricultura Federal adscrita al Aeropuerto Internacional de Isla Verde, declaró que vio por cerca de 3 minutos mientras José A. Silva Claudio y Pedro Lebrón Morales caminaban como amigos y se dirigían hasta el lugar donde ella efectuaba inspecciones a los equipajes.

Morales Lebrón traía en sus manos un garment--bag y una maleta color marrón de tamaño mediano, mientras que José A. Silva Claudio cargaba una maleta marrón pequeña y un abrigo blanco dentro de un plástico transparente. José A.

Silva Claudio tomó las dos maletas y procedió a abrirlas. Primero la oficial de agricultura inspeccionó la maleta pequeña y cuando Silva Claudio iba a cerrarla notó unas medias adentro que parecía que contenían guayabas. Silva Claudio le dijo que allí no había...

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