Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 29 de Abril de 2005 - 164 DPR 710
Emisor | Tribunal Supremo |
Número del caso | TS-8175 |
TSPR | 2005 TSPR 064 |
DPR | 164 DPR 710 |
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2005 |
2005 TSPR 64
164 DPR 710 (2005)
164 D.P.R. 710 (2005), In re López Cordero, 164:710
2005 JTS 69 (2005)
Número del Caso: TS-8175
Fecha: 29 de abril de 2005
Abogada de la Parte Peticionaria: Por Derecho Propio
Oficina de Inspección de Notarías: Lcda. Carmen H. Carlos
Directora
Conducta Profesional, Suspensión inmediata por notaria
(La suspensión será efectiva el 6 de mayo de 2005 fecha en que se le notificó a la abogada de su suspensión inmediata.)
Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.
San Juan, Puerto Rico, a 29 de abril de 2005.
La Sra. Penny López Cordero fue admitida al ejercicio de la abogacía el 10 de enero de 1986 y al ejercicio del notariado el 24 de enero del mismo año. A finales del 1999, la Lcda. López Cordero dirigió una misiva al entonces Juez Presidente, Hon. José A. Andréu García, informándole que se le habían extraviado los protocolos de su obra notarial correspondientes a los años 1993 y 1995. Mediante Resolución de 9 de febrero de 2000, concedimos a la mencionada notario tres (3) meses para que, en coordinación con la Oficina de la Directora de Inspección de Notarías, reconstruyera los referidos protocolos. Posteriormente, la Lcda. López Cordero solicitó prórroga para completar la reconstrucción de sus protocolos, por lo cual concedimos un término adicional de sesenta (60) días para culminar con dicho procedimiento.
En enero de 2002, solicitamos a la Oficina de la Directora de Inspección de Notarías que nos informara si la Lcda. López Cordero había culminado con la reconstrucción ordenada. En respuesta a lo solicitado, la mencionada oficina nos indicó que la referida notario no había terminado con el procedimiento de reconstrucción de protocolos. Asimismo, añadió que se habían descubierto serias deficiencias en la obra notarial de la Lcda. López Cordero para los años 1988 a 1992, entre ellas, la ausencia de consignación en varios testamentos abiertos de que los testigos conocían al testador; expresión incompleta de las circunstancias personales de los comparecientes; y falta de iniciales y firma de uno de los otorgantes. Estos hallazgos fueron aceptados por la Lcda. López Cordero.
Mediante Resolución de 18 de octubre de 2002, apercibimos a la Lcda. López Cordero sobre la seriedad y gravedad de los procedimientos pendientes, lo cual requería su atención inmediata a los señalamientos de la Oficina de la Directora de Inspección de Notarías.
A principios del año 2005, la Oficina de la Directora de Inspección de Notarías compareció ante nos mediante la presentación de un Informe Suplementario. En el mismo esbozó los trámites llevados a cabo por la referida oficina para evaluar la labor notarial de la Lcda. López Cordero en cuanto a los previos señalamientos de deficiencias notariales y respecto a la reconstrucción de los protocolos extraviados. En cuanto a esto último, dicha oficina señaló que no se había logrado la reconstrucción y que, según las expresiones de la Lcda. López Cordero, no se podrá cumplir con la misma. Sobre las deficiencias notariales, informó que muy pocas habían sido corregidas o subsanadas. Concluyó dicho informe con una relación de las serias deficiencias notariales descubiertas en los protocolos de la referida notario para los años 1998 a 2001, entre las cuales se encuentran la comparecencia como testigos de los hermanos del testador; no hacer constar la hora del otorgamiento del testamento; y la expresión incompleta de las circunstancias personales de comparecientes o testigos.
Así las cosas, concedimos término a la Lcda. López Cordero para que expresara su posición respecto al referido Informe Suplementario...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Diciembre de 2016, número de resolución KLAN201601555
...y del Registro de la Propiedad, Ley Núm. 198 de 8 de agosto de 1979, 30 LPRA sec. 27011; 32 LPRA Ap. V, R. 51.3; Rigores v. Registrador, 164 DPR 710 (2005); Atanasia Corp. v. J.M. Saldaña, Inc., 133 DPR 284 (1993);CRUV v. Torres Pérez, 111 DPR 698 (1981). En lo concerniente, respecto al pro......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Junio de 2015 - 193 DPR ____
...ocasiones hemos expresado que la práctica de la notaría exige un alto nivel de cuidado, diligencia y esmero. In re López Cordero, 164 DPR 710, 715 (2005); In re Vera Vélez, 148 DPR 1, 6 (1999). En el ejercicio de esta delicada función se requiere un estricto cumplimiento con la Ley Notarial......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 29 de Junio de 2015 - 193 DPR ____
...al describir la práctica de la notaría como una función que exige un alto nivel de cuidado, diligencia y esmero. In re López Cordero, 164 DPR 710, 715 (2005); In re Vera Vélez, 148 DPR 1, 6 (1999). En el ejercicio de esta delicada función se requiere un estricto cumplimiento con la Ley Nota......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 7 de Diciembre de 2016, número de resolución KLCE201602021
...y del Registro de la Propiedad, Ley Núm. 198 de 8 de agosto de 1979, 30 LPRA sec. 27011; 32 LPRA Ap. V, R. 51.3; Rigores v. Registrador, 164 DPR 710 (2005);Atanasia Corp. v. J.M. Saldaña, Inc., 133 DPR 284 (1993);CRUV v. Torres Pérez, 111 DPR 698 (1981). En lo concerniente, respecto al proc......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Diciembre de 2016, número de resolución KLAN201601555
...y del Registro de la Propiedad, Ley Núm. 198 de 8 de agosto de 1979, 30 LPRA sec. 27011; 32 LPRA Ap. V, R. 51.3; Rigores v. Registrador, 164 DPR 710 (2005); Atanasia Corp. v. J.M. Saldaña, Inc., 133 DPR 284 (1993);CRUV v. Torres Pérez, 111 DPR 698 (1981). En lo concerniente, respecto al pro......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 24 de Junio de 2015 - 193 DPR ____
...ocasiones hemos expresado que la práctica de la notaría exige un alto nivel de cuidado, diligencia y esmero. In re López Cordero, 164 DPR 710, 715 (2005); In re Vera Vélez, 148 DPR 1, 6 (1999). En el ejercicio de esta delicada función se requiere un estricto cumplimiento con la Ley Notarial......
-
Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 29 de Junio de 2015 - 193 DPR ____
...al describir la práctica de la notaría como una función que exige un alto nivel de cuidado, diligencia y esmero. In re López Cordero, 164 DPR 710, 715 (2005); In re Vera Vélez, 148 DPR 1, 6 (1999). En el ejercicio de esta delicada función se requiere un estricto cumplimiento con la Ley Nota......
-
Sentencia de Tribunal Apelativo de 7 de Diciembre de 2016, número de resolución KLCE201602021
...y del Registro de la Propiedad, Ley Núm. 198 de 8 de agosto de 1979, 30 LPRA sec. 27011; 32 LPRA Ap. V, R. 51.3; Rigores v. Registrador, 164 DPR 710 (2005);Atanasia Corp. v. J.M. Saldaña, Inc., 133 DPR 284 (1993);CRUV v. Torres Pérez, 111 DPR 698 (1981). En lo concerniente, respecto al proc......
-
In Re: González Díaz, 163 DPR 648
...la máxima expresión del menosprecio a la dignidad humana, a la vida y a la seguridad de los demás. IN RE: PENNY LÓPEZ CORDERO, 164 DPR 710, 2005 JTS 69 (PER CURIAM ) Deber del Notario de Reconstrucción de Protocolos Extraviados. Hechos : La Lcda. López Cordero dirigió una misiva al Juez Pre......
-
In Re: López Cordero, 164 DPR 710
...la máxima expresión del menosprecio a la dignidad humana, a la vida y a la seguridad de los demás. IN RE: PENNY LÓPEZ CORDERO, 164 DPR 710, 2005 JTS 69 (PER CURIAM ) Deber del Notario de Reconstrucción de Protocolos Extraviados. Hechos : La Lcda. López Cordero dirigió una misiva al Juez Pre......