Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Marzo de 1951 - 72 D.P.R. 346

EmisorTribunal Supremo
DPR72 D.P.R. 346
Fecha de Resolución30 de Marzo de 1951

72 D.P.R. 346 (1951) TYRELL V.

SAURI

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Isabel Tyrell e Isabel Saurí, demandantes y apelantes

vs.

Rafael Saurí, demandado y apelado

Núm. 10337

72 D.P.R. 346

30 de marzo de 1951

Sentencia de Ramón A. Gadea Picó, J. (Ponce), declarando sin lugar demanda sobre declaración de prodigalidad. Confirmada.

  1. Evidencia--De Opinión--Conclusiones y Opiniones de Testigos en General--Su Efecto en General.--Las declaraciones de peritos, aisladamente de la demás prueba, no son obligatorias para las cortes.

  2. Pródigos (Spendthrifts)--Acción Sobre Declaración de Prodigalidad--Evidencia en General-Su Suficiencia.--En acción sobre declaración de prodigalidad, prueba pericial al efecto de que, debido a enfermedad, el demandado no está capacitado para administrar en debida forma sus bienes, unida a prueba que tan sólo tiende a demostrar actuaciones aisladas e irregulares, pero puramente circunstanciales del demandado-no despilfarro por éste de su patrimonio en tal forma que su conducta pueda considerarse habitual-es insuficiente para declararlo pródigo.

  3. Id.--Id.--Cuestiones a Considerar y Resolver.--En acción sobre declaración de prodigalidad, la mayor o menor moralidad o licitud de los actos del supuesto pródigo con relación a la administración o disposición de sus bienes no es la nota esencial característica a ser considerada para declarar pródiga a una persona y aplicarle las limitaciones que en el ejercicio de su capacidad civil establece el Código Civil.

  4. Juicio--Recibo de Pruebas--Objeciones, Mociones para Eliminar y Excepciones--Objeciones en General.--No es misión de las cortes en casos vistos ante ellas hacer objeción a las preguntas formuladas a los testigos por los abogados de las partes.

  5. Apelación--Revisión--Cuestiones de Hecho y Conclusiones Apreciación de las Pruebas--En General.--Un juez no actúa con pasión, prejuicio y parcialidad al apreciar la prueba porque no dé crédito a un testigo en cuanto a determinado extremo y porque en sus conclusiones ( findings) haga alusiones repetidas a que los testigos en el caso declararon consistentemente a virtud de preguntas sugestivas y a insinuaciones del abogado de la parte que los presentó.

  6. Pródigos (Spendthrifts)--Acciones Sobre Declaración de Prodigalidad--Evidencia--Presunciones y Peso de la Prueba.--En acción sobre declaración de prodigalidad, a los demandantes corresponde el peso de la prueba en cuanto al valor de los bienes del demandado a los efectos del derecho de las personas autorizadas por ley a instituir la declaración de prodigalidad.

  7. Id.--Id.--Apelación--Revisión--Cuestiones de Hecho y Conclusiones.--Atendidos la diversidad de hechos que suelen concurrir y elementos para formar juicio en casos sobre declaración de prodigalidad y la falta de ley que señale cuáles hechos son suficientes para llegar a la restricción de la personalidad por la declaración mencionada, en apelación este Tribunal respetará las conclusiones de hechos de las cortes inferiores en tales casos.

Carlos E. Colón, abogado de las apelantes.

Rafael Saurí, pro se.

OPINIÓN EMITIDA POR EL HON. JUEZ TODD

Al revocar la sentencia dictada por la corte inferior declarándose sin jurisdicción en este caso- Tyrell v. Saurí, 71 D.P.R. 460 -dijimos a la pág. 471: "No deseamos expresar opinión en cuanto a si la prueba en este caso es suficiente o no para que el demandado sea declarado pródigo. Esa es misión que compete a la corte inferior en primera instancia.

..."

Devuelto el caso procedió la corte inferior a resolverlo en sus méritos y por los fundamentos expuestos en una extensa opinión contentiva de conclusiones de hechos y de derecho, de nuevo declaró sin...

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