Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia - 34 D.P.R. 214

EmisorTribunal Supremo
DPR34 D.P.R. 214

34 D.P.R. 214 (1925) PASALACQUA V. RAMOS

TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Antonio Pasalacqua, demandante y apelado,

v.

Ramón María Ramos y Artemia Rolón, demandados y apelantes.

No.: 3424

Visto: Febrero 3, 1925, Resuelto: Abril 29, 1925.

Sentencia de R. Díaz Cintrón, J. (Ponce), declarando con lugar la demanda,

con costas. Confirmada y revocada en parte.

Carlos Brunet del Valle, abogado de los apelantes; Manuel A. Rivera, abogado

del apelado.

El Juez Asociado Señor Wolf, emitió la opinión del tribunal.

Este pleito envuelve la interpretación del artículo 169 del Código Civil, el

cual es como sigue:

Sec. 169. --From the day proceedings in a suit for divorce are begun, no

debt contracted by the husband on occount of the community property shall be

valid, unless authorized by the court.

El texto español del mismo es así:

Art. 169. --Desde el día en que el procedimiento de divorcio se inicie

judicialmente, no ser válida ninguna deuda contraída por el marido o por la

mujer sin la autorización del tribunal, a cargo de los bienes gananciales.

Examinando estos dos textos conjuntamente significan que las deudas de

ninguno de los esposos constituir una carga a los bienes gananciales sin la

autorización de la corte. En este caso, después de presentada una demanda

de divorcio por el marido, éste otorgó un pagaré para recobrar el cual se ha

establecido la presente acción. Este pleito del marido fué desestimado por

la corte. Posteriormente y después del vencimiento del pagaré la esposa

presentó una acción de divorcio y obtuvo sentencia contra su marido. En el

presente caso la demanda fué radicada contra ambos el marido y la mujer y la

sentencia dictada contra ambos.

El artículo 169, por sus términos, no hace referencia a acciones

establecidas después de incurridas las obligaciones. Por tanto, como la

esposa resolvió no presentar siquiera una contrademanda, sino comenzar una

acción independiente, no podía ella reclamar el beneficio del artículo 169

por razón de la acción establecida por ella.

Sin embargo, el artículo 169 es estrictamente aplicable a la acción

establecida por el marido y que estaba pendiente cuando esta obligación fué

contraída por él. Está bien establecido que la legislatura puede fijar

términos a las obligaciones que han de ser contraídas en el futuro.

McGannon v. Michigan Mutual Millers' Fire Insurance Co., 127 Mich. 636, 54

L.R.A. 739; Small v. Hammes et al., 156 Ind., 60 N.E. 342; 12 C.J. 1067,

nota...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
8 temas prácticos
  • Régimen económico matrimonial
    • Puerto Rico
    • La mujer puertorriqueña: historia y derecho de familia
    • 11 Diciembre 2023
    ...del menor al disponer un catálogo de medidas provisionales que deben tomarse. 391 Isabel Picó, supra . 392 Pasalacqua v. Ramos , 1925, 34 DPR 214. 187 La Mujer Puertorriqueña: Historia y Derecho de Familia 188 El propósito de esta norma, de acuerdo con el Historial Legislativo (pág. 395), e......
  • El proceso de divorcio
    • Puerto Rico
    • La mujer puertorriqueña: historia y derecho de familia
    • 11 Diciembre 2023
    ...en el Art. 96 del Código Civil de 1930, a tenor del cual, las causas de divorcio al aprobarse el Código Civil de 2020, eran: 511 1928, 34 DPR 214. 512 Cosme v. Marchand , 1988, 121 DPR 225. 513 1978, 107 DPR 250. 253 513 La Mujer Puertorriqueña: Historia y Derecho de Familia 254 (1) Adulter......
  • La disolución por muerte o por declaración de muerte presunta
    • Puerto Rico
    • Código civil de Puerto Rico y su historial legislativo libro segundo - las instituciones familiares Libro segundo. Las instituciones familiares Título IV. La disolución del matrimonio
    • 7 Junio 2023
    ...al otro cónyuge. Suárez Martínez v. Tribunal Superior , 1962, 85 DPR 544. 115 García Montero v. Saldaña, 1978, 107 DPR 319. 116 1928, 34 DPR 214. 107 Código Civil –LIBRO SEGUNDO– Las Instituciones Familiares 108 Art. 456.-Modificación de las medidas cautelares provisionales . Las medidas ca......
  • La sociedad de bienes gananciales
    • Puerto Rico
    • Lecciones-repaso: derecho de familia 2018
    • 5 Marzo 2018
    ...posterior del pleito de divorcio no convalidará una deuda asumida por un cónyuge durante el trámite judicial. Pasalacqua v. Ramos, 1925, 34 D.P.R. 214. 1) Préstamos En la decisión de Banco de Ahorro del Oeste v. Santos Cintrón, 1982, 112 D.P.R. 70, el Tribunal Supremo de Puerto Rico se ocup......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
1 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 15 de Mayo de 1978 - 107 D.P.R. 319
    • Puerto Rico
    • 15 Mayo 1978
    ...la mujer sin la autorización del tribunal, a cargo de los bienes gananciales." (31 L.P.R.A. sec. 344.) [16--18] En Pasalacqua v. Ramos, 34 D.P.R. 214, 215 (1925), indicamos que su texto significa que las deudas de ninguno de los esposos constituirá . . una carga a los bienes gananciales sin......
5 artículos doctrinales
  • La disolución por muerte o por declaración de muerte presunta
    • Puerto Rico
    • Código civil de Puerto Rico y su historial legislativo libro segundo - las instituciones familiares Libro segundo. Las instituciones familiares Título IV. La disolución del matrimonio
    • 7 Junio 2023
    ...al otro cónyuge. Suárez Martínez v. Tribunal Superior , 1962, 85 DPR 544. 115 García Montero v. Saldaña, 1978, 107 DPR 319. 116 1928, 34 DPR 214. 107 Código Civil –LIBRO SEGUNDO– Las Instituciones Familiares 108 Art. 456.-Modificación de las medidas cautelares provisionales . Las medidas ca......
  • La sociedad de bienes gananciales
    • Puerto Rico
    • Lecciones-repaso: derecho de familia 2018
    • 5 Marzo 2018
    ...posterior del pleito de divorcio no convalidará una deuda asumida por un cónyuge durante el trámite judicial. Pasalacqua v. Ramos, 1925, 34 D.P.R. 214. 1) Préstamos En la decisión de Banco de Ahorro del Oeste v. Santos Cintrón, 1982, 112 D.P.R. 70, el Tribunal Supremo de Puerto Rico se ocup......
  • Las medidas provisionales durante el pleito de divorcio
    • Puerto Rico
    • Lecciones-repaso: derecho de familia 2018
    • 5 Marzo 2018
    ...se desestime el pleito. García Montero v. Saldaña, 1978, 107 D.P.R. 319. Por ejemplo, en la decisión de Passalacqua v. Ramos, 1928, 34 D.P.R. 214, el tribunal sostuvo que cuando un esposo, después de entablar la acción de divorcio, otorga un pagaré y posteriormente se desestima su acción y ......
  • Lección 14: Las medidas provisionales durante el pleito de divorcio
    • Puerto Rico
    • 25 Lecciones: derecho de familia
    • 2 Marzo 2018
    ...del tribunal, a cargo de los bienes gananciales". 31 L.P.R.A. § 244. [402] García Montero v. Saldaña, 1978, 107 D.P.R. 319. [403] 1928, 34 D.P.R. 214.
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR