Reglas de procedimiento criminal

AutorRuth E Ortega-Vélez
Páginas59-61

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Son las reglas adoptadas por el Tribunal Supremo de Puerto Rico, puestas en vigor de conformidad con la Sec. 6 del Art. V de la Constitución de Puerto Rico, las cuales deberán ser interpretadas de modo que aseguren la tramitación justa de todo procedimiento y eviten dilaciones y gastos injustificados. Otro de los propósitos de las Reglas de Procedimiento Criminal es el evitar que una persona sea sometida a un juicio en los méritos a menos que exista prueba que demuestre que hay causa probable. El Estado debe contar con prueba, en relación con todos los elementos del delito que se imputa, y con existencia de la probabilidad de que el acusado cometió el mismo. Las mismas conceden la oportunidad al ministerio fiscal y al imputado de delito para cuestionar la determinación de causa probable, o su inexistencia, así como la determinación de causa por un delito menor incluido.114

A Regla 95 de Proc. Criminal

La Regla 95 de Procedimiento Civil trata del descubrimiento de prueba del ministerio fiscal en favor del acusado. En todo proceso criminal están presentes intereses sociales fundamentales: Asegurar al acusado o acusada de delito que el procedimiento criminal en su contra será rápido yjusto, minimizando de esta forma sus ansiedades y reduciendo las posibilidades de que su defensa se afecte, y atender, a la vez, el interés de la sociedad en que se procese con prontitud a las personas acusadas de violentar sus leyes, evitando que las demoras indebidas afecten la capacidad del Estado para encausar a los acusados de delito.

El caso de Pueblo v. Custodio Colón, 2015 T.S.P.R. 27, trata sobre un descubrimiento de prueba tan extenso que, al momento del juicio, el fiscal aún no había podido recopilar la prueba solicitada por la defensa. El abogado de Custodio Colón argumentó que los términos de juicio rápido no se cumplirían porque el Ministerio Público no había completado el descubrimiento de prueba solicitado. El Ministerio Público replicó que el descubrimiento solicitado era extenso, opresivo y hostigador.

El Tribunal Supremo adopta las siguientes doctrinas: 1. El perjuicio que

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alegue el acusado como producto de una violación a su derecho ajuicio rápido no puede ser algo abstracto ni estar apoyado únicamente en un simple cálculo matemático. El perjuicio reclamado tiene que ser real y...

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