Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 30 de Junio de 1989 - 124 D.P.R. 579

EmisorTribunal Supremo
DPR124 D.P.R. 579
Fecha de Resolución30 de Junio de 1989

124 D.P.R. 579 (1989) OROSIA MENDEZ V. RUIZ RIVERA

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

ANA OROSIA MENDEZ, demandante y recurrida, vs.

LUZ CELENIA RUIZ RIVERA ET AL ., demandados;

REINALDO JIMENEZ ROMAN y MARCELINO SOTO ROMAN, demandantes y recurrentes, v.

LUZ CELENIA RUIZ RIVERA, GLORIA RUIZ RIVERA,

RAMON LUIS RUIZ RIVERA, IRIS RUIZ RIVERA y ANA OROSIA MENDEZ, demandados y recurridos

Núm. RE-89-31

124 D.P.R. 579

30 de junio de 1989

SENTENCIA de Neftalí

Soto Santiago, J. (Utuado), que decreta la nulidad de la institución de herederos de ciertos testamentos. Revocada y se devuelve el caso a instancia para la continuación de trámites compatibles con la opinión.

APOSTILLA

  1. REGLAS DE PROCEDIMIENTO CIVIL--ALCANCE--PROPÓSITO Y EFECTO.

    En ocasiones, los trámites judiciales se complican innecesariamente; esto impide que las controversias puedan resolverse en forma justa, rápida y económica conforme lo dispone la Regla 1 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. III.

  2. SUCESIONES--PARTICIÓN O DIVISIÓN--DIVISIÓN DE LA HERENCIA POR LOS INTERESADOS--PARTICIÓN DE HERENCIA--EN GENERAL--PRINCIPIO DE DEPURACIÓN DEL CAUDAL.

    En los trámites de partición de herencia, al concurrir herederos de dos (2) o más matrimonios, debe realizarse la operación previa de dividir y liquidar los bienes gananciales habidos en cada matrimonio para depurar así la masa partible de cada causante y evitar complicaciones.

  3. ID.--ID.--ACCIONES SOBRE PARTICIÓN O DIVISION DE BIENES RELICTOS--PROCEDIMIENTOS--EN GENERAL.

    La partición de herencia está regulada por los Arts. 1005--1034 del Código Civil, 31 L.P.R.A. secs. 2871--2919, y por los Arts. 600--605 del Código de Enjuiciamiento Civil, 32 L.P.R.A. secs. 2621--2626.

  4. ID.--ID.--DIVISION DE LA HERENCIA POR LOS INTERESADOS--PARTICIÓN DE HERENCIA--INVENTARIO, AVALUO, LIQUIDACIÓN Y ADJUDICACIÓN.

    La partición de herencia incluye el inventario, avalúo, liquidación, división y adjudicación de los bienes del causante.

  5. ID.--ID.--ID.--ID.--EN GENERAL--PRINCIPIO DE DEPURACIÓN DEL CAUDAL.

    Previo al trámite de partición de herencia y con el fin de evitar la confusión de los bienes del causante con los del cónyuge supérstite en la sociedad legal de gananciales, es necesario que se realicen varias operaciones que depuren la masa partible entre los herederos del de cuius.

  6. ID.--ID.--ID.--ID.--ID.--ID.

    Cuando un causante fuere casado, antes de realizarse la liquidación de su herencia hay que proceder a separar sus bienes de los de su cónyuge. En caso de existir la sociedad legal de gananciales, habrá que proceder a liquidarla según las reglas propias de la misma. Se le atribuirá a la mujer lo que le corresponda por razón de dote o parafernales, al marido su capital propio, o a ambos su mitad de gananciales.

  7. ID.--ID.--ID.--ID.--ID.--ID.

    La operación particional de la liquidación de gananciales no conlleva necesariamente la partición y adjudicación de los bienes a cada heredero del cónyuge premuerto. Éstos pueden permanecer en comunidad en cuanto a esos bienes. Sólo cuando solicitan la partición de esa herencia procede la adjudicación de tales bienes, de existir los mismos, una vez depurados.

  8. ID.--ID.--ID.--ID.--ID.--ID.

    La sabiduría del principio de depuración del caudal reside en que tanto el cónyuge supérstite como los herederos del causante del matrimonio previo o matrimonios posteriores no quedan afectados en sus derechos sucesorales por la posible confusión de bienes.

  9. MARIDO Y MUJER--BIENES GANANCIALES--DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES--LIQUIDACIÓN Y DIVISION DE LOS GANANCIALES--EN GENERAL.

    El Art.

    1326 del Código Civil, 31 L.P.R.A. sec. 3701, dispone la forma de hacer la liquidación de los bienes gananciales de dos (2) o más matrimonios contraídos por una misma persona. Este artículo se aplicará cuando resulte imposible precisar la proporción de bienes privativos y gananciales de cada sociedad legal de gananciales. Dicho artículo ha sido objeto de extremo análisis por los tratadistas.

  10. ID.--ID.--EN GENERAL.

    El Art.

    1307 del Código Civil, 31 L.P.R.A. sec. 3647, dispone que se reputan gananciales todos los bienes del matrimonio mientras no se demuestre que pertenecen privativamente al marido o a la mujer. Quien reclama que son privativos le incumbe destruir esa presunción por preponderancia de la prueba.

  11. ID.--ID.--BIENES O DERECHOS ADQUIRIDOS DURANTE EL MATRIMONIO--EN GENERAL.

    Una casa y un solar adquiridos durante la vigencia de un matrimonio se presumen bienes gananciales, salvo prueba en contrario. Art. 1301 del Código Civil, 31 L.P.R.A.

    sec. 3641.

    Luis Américo Aguila López, abogado de los recurrentes; Pedro T. Anca Marín, abogado de los recurridos; Luis A. Garrastegui, abogado de la recurrida.

    OPINION DEL JUEZ ALONSO ALONSO

    [1] En ocasiones los trámites judiciales se complican innecesariamente e impiden que las controversias puedan resolverse en forma justa, rápida y económica conforme lo dispone la Regla 1 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. III. Neptune Packing Corp. v. Wackenhut Corp., 120 D.P.R. 283 (1988). El caso ante nos es un ejemplo de ello.

    [2] En los trámites de partición de herencia, al concurrir herederos de dos (2) o más matrimonios, debe realizarse la operación previa de dividir y liquidar los bienes gananciales habidos en cada matrimonio para depurar así la masa partible de cada causante y evitar complicaciones como las del caso de autos.

    [P582]

    Ante nos los recurrentes imputan error al tribunal de instancia por así no hacerlo con respecto al caudal de su causante.

    I

    Doña Herminia Román (doña Herminia) contrajo matrimonio con Don Zoilo Ruiz Jiménez c/p Zoilo Jiménez (don Zoilo), sin capitulaciones matrimoniales, el 14 de junio de 1958. Previo al matrimonio con don Zoilo, doña Herminia había procreado un hijo de nombre Marcelino Soto Román. El...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
32 temas prácticos
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Octubre de 2011 - 183 DPR 81
    • Puerto Rico
    • 11 Octubre 2011
    ...la inscripción a título privativo no es definitiva, pues se puede presentar prueba de que el bien es ganancial. Méndez v. Ruiz Rivera, 124 D.P.R. 579 (1989). [135] Turner, op. cit., págs. 661-679. [136] Id. pág. 659. [137] Durante el proceso de revisión del Código Civil de Puerto Rico que s......
  • La sociedad de gananciales
    • Puerto Rico
    • Código civil de Puerto Rico y su historial legislativo libro segundo - las instituciones familiares Libro segundo. Las instituciones familiares Título V. El régimen económico matrimonial
    • 7 Junio 2023
    ...las diferentes sociedades, proporcionalmente al tiempo de su duración y a los bienes de la propiedad de los respectivos cónyuges. 1989, 124 DPR 579. Don Zoilo y doña Herminia contrajeron matrimonio sin régimen de 227 capitulaciones matrimoniales. Antes del matrimonio ella había procreado un......
  • La sociedad de gananciales
    • Puerto Rico
    • Código civil de Puerto Rico de 2020 y su historial legislativo tomo I. Libro Segundo - Las instituciones familiares Libro segundo. Las instituciones familiares Título V. El régimen económico matrimonial
    • 10 Abril 2024
    ...se reputan gananciales todos los bienes del matrimonio mientras no se demuestre que pertenecen privativamente al marido o 179 1989, 124 DPR 579. Los cónyuges contrajeron matrimonio sin régimen de capitulaciones matrimoniales. Antes del matrimonio ella había procreado un hijo; procreó otro e......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 7 de Marzo de 2019 - 201 DPR ___
    • Puerto Rico
    • 7 Marzo 2019
    ...y una Comunidad Hereditaria, procede liquidar primero la Comunidad Postganancial y luego la Comunidad Hereditaria. Méndez v. Ruiz Rivera, 124 DPR 579, 587 (1989); E. González Tejera, Derecho sucesorio puertorriqueño, San Juan, Ed. de la Universidad de Puerto Rico, 2001, Vol. I, pág. La here......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
28 sentencias
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 11 de Octubre de 2011 - 183 DPR 81
    • Puerto Rico
    • 11 Octubre 2011
    ...la inscripción a título privativo no es definitiva, pues se puede presentar prueba de que el bien es ganancial. Méndez v. Ruiz Rivera, 124 D.P.R. 579 (1989). [135] Turner, op. cit., págs. 661-679. [136] Id. pág. 659. [137] Durante el proceso de revisión del Código Civil de Puerto Rico que s......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 7 de Marzo de 2019 - 201 DPR ___
    • Puerto Rico
    • 7 Marzo 2019
    ...y una Comunidad Hereditaria, procede liquidar primero la Comunidad Postganancial y luego la Comunidad Hereditaria. Méndez v. Ruiz Rivera, 124 DPR 579, 587 (1989); E. González Tejera, Derecho sucesorio puertorriqueño, San Juan, Ed. de la Universidad de Puerto Rico, 2001, Vol. I, pág. La here......
  • Sentencia de Tribunal Supremo de Justicia de 21 de Febrero de 2001 - 153 DPR 427
    • Puerto Rico
    • 21 Febrero 2001
    ...hereditario. Verificada aquella liquidación entramos en lo que propiamente debe constituir la masa partible. Véase Méndez v. Ruiz Rivera, 124 D.P.R. 579 (1989). Véanse además, E. González Tejera, Derecho Sucesorio Puertorriqueño, San Juan, Ed. Ramallo, 1983, Vol. I, pág. 368; F. Puig Peña, ......
  • Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Octubre de 2007, número de resolución KLAN0700537
    • Puerto Rico
    • 16 Octubre 2007
    ...163 D.P.R. ___ (2004), 2004 J.T.S. 179, a la pág. 419; González v. Quintana, 145 D.P.R. 463, 468-469 (1998); Méndez v. Ruiz Rivera, 124 D.P.R. 579, 589 (1989); García v. Montero Saldaña, 107 D.P.R. 319, 335 (1978); Robles Ostolaza U.P.R., 96 D.P.R. 583, 588 (1968); Espéndez v. Viuda de Espé......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
2 artículos doctrinales
  • La sociedad de gananciales
    • Puerto Rico
    • Código civil de Puerto Rico y su historial legislativo libro segundo - las instituciones familiares Libro segundo. Las instituciones familiares Título V. El régimen económico matrimonial
    • 7 Junio 2023
    ...las diferentes sociedades, proporcionalmente al tiempo de su duración y a los bienes de la propiedad de los respectivos cónyuges. 1989, 124 DPR 579. Don Zoilo y doña Herminia contrajeron matrimonio sin régimen de 227 capitulaciones matrimoniales. Antes del matrimonio ella había procreado un......
  • La comunidad de bienes post ganancial
    • Puerto Rico
    • Código civil de Puerto Rico y su historial legislativo libro segundo - las instituciones familiares Libro segundo. Las instituciones familiares Título V. El régimen económico matrimonial
    • 7 Junio 2023
    ...383; García González v. Montero Saldaña , 229 supra ; Calvo Mangas v. Aragonés Jiménez , 1984,115 DPR 219; Méndez v. Ruiz Rivera , 1989, 124 DPR 579; Cruz Ayala v. Rivera Pérez , 1996,141 DPR 44; Soto López v. Colón Méndez , 1997,143 DPR 282; González Cruz v. Quintana Cortés , 1998,145 DPR ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR