Comentario al art. 120 del Código Penal, sobre secuestro de menores

AutorDra. Ruth E. Ortega-Vélez
Páginas165-165

Page 165

La acción prohibida consiste en sustraer a un menor de edad con el propósito de retenerlo y ocultarlo de sus padres, tutor o persona legalmente encargada de su cuidado. El medio para sustraer al menor puede ser: fuerza, violencia, intimidación, fraude o engaño.

El sujeto activo de este delito no puede ser el padre, la madre, el tutor o la persona encargada legalmente de su cuidado ya que, precisamente, el elemento...

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