Equitable estoppel

AutorRuth E. Ortega Vélez
Páginas246-247

Page 246

La doctrina del equitable estoppel, que muchas veces se confunde con la de judicial estoppel, tiene características y propósitos diferentes a esta. Aunque en ambos casos se trata de impedir que una parte asuma una postura contradictoria con otra adoptada por dicha parte en un procedimiento judicial previo, la doctrina de equitable estoppel solo está dirigida a salvaguardar la integridad de la relación entre las partes involucradas en unos casos. Se pretende proteger a unos litigantes de los perjuicios que puedan causarle sus adversarios inescrupulosos. Se trata de asegurar una relación equitativa entre las partes. Por ello, para que la doctrina de equitable estoppel pueda ser invocada con éxito por un litigante, además de la contradicción en posturas, se requiere: (1) que ambas partes hayan sido adversarias en el procedimiento anterior; (2) que quien invoca la doctrina haya confiado en la posición previamente asumida por su oponente, la cual le causó perjuicio; y (3) que aceptar la posición contradictoria en el nuevo procedimiento sea en detrimento de la parte que invoca la doctrina.282

Sin embargo, en Corraliza Rodríguez, el Tribunal Supremo aclara que en la jurisdicción de Puerto Rico nunca se ha adoptado la doctrina anglosajona del equitable estoppel. En el pasado, si el Tribunal ha mencionado la doctrina más general de estoppel, ha sido solo a manera de ilustración y comparación con la doctrina vigente en Puerto Rico de los actos propios. De hecho, en Int. General Electric v. Concrete Builders, 1976, 104 D.P.R. 871, el Tribunal indica que la doctrina de los actos propios tenía "como paralelo en el Derecho inglés la doctrina de estoppel". En efecto, el equitable estoppel tiene objetivos similares a los de la doctrina de los actos propios. No obstante, sus perfiles son diferentes. Contrario a la doctrina de equitable estoppel, la doctrina de los actos propios no requiere que la contradicción que suscita su aplicación se haya dado siempre entre un procedimiento judicial previo y uno actual; ni siquiera requiere que la contradicción ocurra en el contexto de un procedimiento judicial. Así, pues, el Tribunal ha aplicado la doctrina de los actos propios en ocasiones en que los actos contradictorios ocurrieron fuera de un procedimiento judicial. Lo que implica que la doctrina de los actos propios, aunque incluye las instancias comprendidas por la del equitable estoppel, es más abarcadora que esta. No es

Page 247

necesario, conforme...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR