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- LIBRO PRIMERO. Parte General
- TÍTULO III. De las Consecuencias Del Delito
- CAPÍTULO II. De las Penas para las Personas Naturales
- SECCIÓN PRIMERA. De las Clases de Penas
Comentario al art. 57 del Código Penal, sobre conversión de multa
Autor | Dra. Ruth E. Ortega-Vélez |
Páginas | 92-92 |
Page 92
Como se ha expresado en el comentario al Art. 55, la Regla 112 de Proc. Criminal dispone para cuando el tribunal dicte sentencia condenando al acusado al pago de una multa. Dicha sentencia, a tenor de la Regla 113 de Proc. Criminal, constituirá un gravamen, similar al de una sentencia dictada en una acción civil condenando al pago de una cantidad, siempre que se anote en el Libro de Sentencias del Registro de la Propiedad. Asimismo, la Regla 111 de Proc. Criminal dispone: "Si la sentencia fuere por condena a prisión, el acusado será trasladado sin demora al cuidado del funcionario correspondiente y será detenido por este hasta que la sentencia se hubiere cumplido. Lo mismo se hará si la sentencia fuere para el pago de una multa y prisión subsidiaria, cuando la multa no fuere satisfecha. Si después de haber empezado a cumplir la sentencia subsidiaria por falta del citado pago, el confinado deseare satisfacer la multa, se le abonará un dólar por...
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Solicita tu prueba- CAPÍTULO II. De las penas para las personas naturales
- SECCIÓN PRIMERA. De las clases de penas
- Comentario al art. 48 del Código Penal, sobre penas para personas naturales
- Comentario al art. 49 del Código Penal, sobre reclusión
- Comentario al art. 50 del Código Penal, sobre restricción domiciliaria
- Comentario al art. 51 del Código Penal, sobre libertad a prueba
- Comentario al art. 52 del Código Penal, sobre servicios comunitarios
- Comentario al art. 53 del Código Penal, sobre restricción terapéutica
- Comentario al art. 54 del Código Penal, sobre multa
- Comentario al art. 55 del Código Penal, sobre modo de pagar la multa
- Comentario al art. 56 del Código Penal, sobre amortización de multa mediante prestación de servicios comunitarios
- Comentario al art. 57 del Código Penal, sobre conversión de multa
- Comentario al art. 58 del Código Penal, sobre restitución
- Comentario al art. 59 del Código Penal, sobre revocación de licencia para conducir
- Comentario al art. 60 del Código Penal, sobre suspensión o revocación de licencia, permiso o autorización
- Comentario al art. 61 del Código Penal, sobre pena especial
- Comentario al art. 62 del Código Penal, sobre prohibición de comiso de bienes
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