Pagar antes que litigar

AutorRuth E. Ortega Vélez
Páginas414-414

Page 414

Derecho de Contribuciones. La doctrina de pagar antes que litigar, está sólidamente basada en una política general inspirada en la protección de intereses sociales de mayor validez y significación que el interés individual transitorio en rehuir el pago inmediato de una contribución. El gobierno no debe ser obstruido en el ejercicio de sus funciones.464

[464] Cafeteros de Puerto Rico v. Tesorero de Puerto Rico 1953, 74 D.P.R. 752 (Ortiz).

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