Derecho administrativo
Autor | Ruth E. Ortega-Vélez |
Páginas | 73-79 |
LECCIÓN 7.
DERECHO ADMINISTRATIVO
El Derecho Administrativo es la rama que controla y regula las operaciones
administrativas del Gobierno. Se refiere, dice Javier A. Echevarría Vargas, a ese sistema
normativo, tanto legal como jurisprudencial, que establece pautas que se utilizan para
controlar y limitar los poderes de las agencias administrativas. Según este autor, es la
rama que controla y regula las operaciones administrativas del Gobierno. Tanto su esencia
como sus características son de naturaleza procesal. Por tanto, es una disciplina,
fundamentalmente procesal, donde se estudia: (1) la génesis, desarrollo, organización y
poderes de las agencias administrativas; (2) las normas que guían los procesos de
investigación, reglamentación y adjudicación de dichos organismos; (3) los diversos
medios de control sobre la discreción administrativa, a través de normas procesales,
principios judiciales y disposiciones constitucionales dirigidas a proteger al ciudadano y
el comercio contra actuaciones arbitrarias y caprichosas de las agencias.
El estudio del derecho Administrativo, sigue expresando nuestro autor, no va dirigido
a conocer la parte sustantiva de las agencias y sus poderes específicos, sino que se dirige
a la estructura y al proceso decisional de las agencias administrativas. Ese procedimiento
será evaluado desde la perspectiva de los poderes que le han sido delegados a las agencias
administrativas, las exigencias que establece la ley para ejercer dichos poderes delegados
y los remedios para subsanar las acciones administrativas ilegales.
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El Derecho Administrativo está delimitado por aquellos componentes del sistema
gubernamental que son las agencias administrativas, diferentes de la Asamblea Legislativa
y de los tribunales de justicia.
A. Breves Datos Históricos:
Los orígenes del derecho administrativo se remontan al siglo XVIII con las
revoluciones liberales que terminaron por derrocar al denominado Antiguo Régimen.
Desde el punto de vista estrictamente político, la Revolución Francesa (1789-1799) fue
el cambio político más importante que se produjo en Europa ya que supone la abolición
definitiva de las monarquías absolutas.
La administración pública nace con el nuevo orden social post-revolucionario sometido
al imperio de la ley, al igual que los ciudadanos particulares. Es decir, a partir de la
Revolución Francesa comienzan a dictarse normas de la Administración Pública y su
propia organización interna. Así, puede hablarse del derecho administrativo como el
sector normalmente regulador del funcionamiento de la Administración Pública y de sus
relaciones con el ciudadano.
De otra parte, al redactarse la Constitución de los Estados Unidos de América (1787),
no existían las agencias administrativas; no se hace referencia a las mismas. La
Javier A. Echevarría Vargas (San Juan: Ediciones Situm, 2012) 4.
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