Descalificación imputada

AutorRuth E. Ortega Vélez
Páginas207-208

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La doctrina de descalificación imputada autoriza la imputación de la causal de descalificación primaria a todos los abogados del bufete o agrupación. Esta imputación asume el carácter particular de una presunción de confidencias compartidas. Según el caso de que se trate, esta presunción puede convertir al bufete o grupo de abogados en un solo abogado, de manera que quedará descalificado de aquella representación sucesiva adversa.

Sin embargo, en Liquilux Gas Corp. v. Berríos, 138 D.P.R. 850, 95 J.T.S. 92 (Hernández-Denton), el Tribunal expresa que la mera presentación de una moción de descalificación de abogado por conflicto de intereses no da lugar a que se ordene la descalificación. Al evaluar la moción, el tribunal debe sopesar los intereses en conflicto, tomando en consideración elementos tales como si quien solicita la descalificación tiene legitimación activa para invocarla; la

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gravedad del conflicto de interés envuelto; la complejidad del derecho o los hechos pertinentes a la controversia, y el expertise de los abogados involucrados; la etapa de los procedimientos en que surja la controversia sobre la descalificación y su posible efecto en cuanto a la resolución justa, rápida y económica del caso; y si la moción de descalificación está siendo utilizada como mecanismo procesal para dilatar los procedimientos. Cuando la moción de descalificación incluye no solo a un abogado, sino también al bufete al cual este pertenece, resulta necesario considerar...

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